domingo, diciembre 26, 2010

UN CIRCO LLAMADO "ABO"

Escrito el 21 de diciembre de 2010

Llegó el día...cerca de la Nochebuena, la lectura de la parte resolutiva del juicio ABO.
La esperanza se vio frustrada, todos fueron condenados, todos menos uno.
Llegamos algunos de los miembros de la Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia cerca de las 17. Ayer nos avisaron que se retrasaba la lectura para las 19 hs.
No nos dejaban pasar. Se había montado un escenario gigante sobre la calle Comodoro Py para lo que iba a ser el festejo de las sentencias. Alguien ya sabía que habría condenas desde el momento en que apostó decenas de miles de pesos en el alquiler de un escenario, equipo de música, etc. etc. etc.
La fauna estable de los “derechos humanos” dijo presente.
Los que quisimos estar en el tribunal nos vimos frustrados: había que acreditarse. Cuando uno se iba a acreditar al juzgado le tomaban el documento, la declaración sobre qué parte venía y, luego, desaparecían. Al rato volvían con la respuesta “no está acreditada”-
- “No, no estoy acreditada...vengo a acreditarme”
- “Es que ya no quedan lugares libres, la gente se vino a acreditar desde temprano”.
- “Yo vine ayer a mediodía a preguntarles qué era lo que había que hacer y no me dijeron nada de venir temprano a acreditarme”.
- “Le pido mil disculpas, doctora (me identifiqué con la credencial), es que no hay más lugar, está todo reservado”.
- “Todo reservado por quién?! Por la querella?! Yo vengo por la defensa, cuánta gente hay acreditada por la defensa?
- Le pido mil disculpas. Está todo reservado.
Era inútil. No había más que unos cincuenta lugares para la defensa, el resto era oficialismo.
Esperamos en el hall de entradas. Tenían más suerte en el ingreso, espantajos a los que les allanaban el camino. Pelos largos, canosos, desprolijos. Viejos hippies fracasados que, por revancha, juegan con el país como un niño con sus trenes, haciéndolos chocar; viejos que no tuvieron infancia y nosotros pagamos por ello. Ellos sí tenían permiso para pasar. Barbas, sucias, desprolijas, chancletas, gorros de lana verde, amarillo, rojo que quemaban de calor sólo de verlos. Banderas gigantescas de La Campora; pañueludas tiesas como pararrayos, moviéndose lentamente. Con un pie en la tumba pero, todavía, destilando veneno.
No estábamos en las listas de “acreditación” pero tampoco otros tantos acomodados que pasaban.
Llegaron algunas esposas de militares que venían a apoyar a
los familiares de policías, servicio penitenciario y prefectura.
Una organizadora que parecía tener influencias, dejó pasar a dos personas delante de nosotros.
El Dr. E. P. Z., le recriminó “esos no están acreditados pero pasan...”.
Se disculpó: “gente que estaba acreditada llamó para decir que no venía y les cedían sus lugares”.
Inverosímil como toda la parodia de juicio.
E. le dijo socarronamente “sólo quiero que mañana, cuando te peines y te mires al espejo, te acuerdes de que hay un abogado que sabe quién sos”.
Fingió indignarse: –“Si me va a hablar así no le contesto, ya le dije que no hay lugar”. Se fue molesta. Volvió.
-Cuántos son los que quieren entrar?
En ese momento y lugar, éramos cuatro.
- Sólo pueden entrar dos y sentarse en la escalera pero no digan nada porque me matan...
Nos sentó en asientos muy cómodos junto a los familiares de los procesados. Más tarde entró el resto de los que fuimos a apoyar a los procesados: socios de Justicia y Concordia, familiares de militares, amigos.
Blanca Avena estaba eufórica, es la hermana del Prefecto Juan Carlos Avena quién estuvo enfermo la mayor parte del tiempo en que ocurrieron los acontecimientos que se juzgaban. Le habían pegado un tiro y estuvo todo el tiempo internado. Blanca estaba convencida de que esa noche su hermano cenaba con ella, libre.
No había manera de hacerle entender que todo era político, que no importaba que su hermano no hubiera estado en el lugar de los supuestos delitos, que las leyes de la física no rigen para los mal llamados Organismos de Derechos Humanos. Para ellos es posible que alguien esté en dos lugares al mismo tiempo.
Una por una, las esperanzas se fueron apagando como velas frente a una tormenta.
Fue doloroso ver a los más jóvenes, los hijos, como la hija del comisario Uballes, quién rompió en una crisis de temblor y llanto, en absoluto silencio. Era un dolor digno.
Todos fueron condenados: Avena; Kalinec; Donocik; Uballes; Miara; González; Rolón; Simón; Rozas; Cardozo; Pereyra Apestegui; Del Pino. Todos ellos a prisión perpetua, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias y costas.
Taddei; Tepedino; Gomez Arenas, a 25 años, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias y costas.
Sólo Falcón fue absuelto y liberado en el momento.
Como toque de humor Simón torturó al tribunal, todo el tiempo, con sus reiterados reclamos de ir al baño. Dos veces en el transcurso de dos horas, hasta tres.
En medio de la lectura de su sentencia pidió nuevamente permiso para ir al baño. La Dra. Garrigos se lo negó. “No puede ir al baño ahora”.
Simón se retorcía, ponía cara de dolor, de incomodidad. El tribunal tuvo que hacer un cuarto intermedio.
Los jueces desaparecieron luego de la lectura.
Los que íbamos por la defensa cantamos el Himno. Alguien le gritó a los miembros del tribunal que la política es pendular.
Alguien (yo) les gritó a los jueces que eran unos corruptos y unos prevaricadores.
Los presos políticos parecían felices de vernos apoyarlos. Realmente terminamos siendo muchos los que entramos al tribunal.
La policía se preocupó por hacernos salir separados de la querella.
Afuera la “fiesta”, un escenario grotesco que escondía el rencor tras la fingida alegría. Una chica, sobre el escenario, lanzaba con su voz notas al aire, esperando embocar –sin éxito- alguna.
La nueva edición de la “Juventud Maravillosa” tomaba cerveza, alcohol en petacas, se caía por el suelo, dormía la mona. Una de las esposas de militares se ofreció a llevarme a casa, era tarde. Tuvimos que pasar en medio de la manifestación. Ni siquiera nos notaron.
No olvidar el nombre de los jueces: Jorge Alberto Tassara, Ana María ND’Alessio y María Laura Garrigós dirigieron este circo de tres pistas. Vergüenza para la Justicia Argentina.

domingo, noviembre 14, 2010

DENEGATORIA DE EXTRADICIÓN DEL TENIENTE ROBERTO GUILLERMO BRAVO

Este maravilloso fallo merece ser leído "en crudo" sin aditivos ni opiniones extra. Habla por sí mismo.
Andrea Palomas-Alarcón
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TRIBUNAL DEL DISTRITO DE ESTADOS UNIDOS
DISTRITO DEL SUR DE FLORIDA
CASO NUMERO 10-20559-MC-DUBÉ
EN EL CASO DE EXTRADICIÓN DE ROBERTO GUILLERMO BRAVO,
ORDEN DENEGANDO LA CERTIFICACIÓN DE EXTRADICIÓN
LA PRESENTE CAUSA se presenta ante el Tribunal en la Demanda para la extradición de Roberto Guillermo Bravo (en lo sucesivo, "Bravo"), presentada el 23 de febrero de 2010. (D.E. # 1). Por las razo-nes expuestas en este documento, la petición para la Certificación de la extradición es denegada.
I. HECHOS
A. Historia de Procedimiento:
La extradición de Bravo se solicita en virtud de un tratado de extradición entre el Gobierno de los Estados Unidos y el Gobierno de la República Argentina (en adelante "el Tratado"). El Tratado fue firmado el 10 de junio de 1997, y entró en vigor el 15 de junio del año 2000. En el artículo 2 del Tratado se hace referencia a los delitos por los que se solicita la extradición de Bravo.
El 25 de febrero de 2010, Bravo fue detenido en virtud de dicha solicitud, como resultado de una orden provisional de detención dictada por este Tribunal. (D. E. #2, #3). Se celebró una audiencia de fianza el 2 de marzo de 2010, y Bravo fue puesto en libertad bajo fianza en espera de una audiencia de extradición final. (D.E. #12). A partir de entonces, y de conformidad con el Tratado, la Argentina presen-tó su solicitud formal para la entrega de Bravo y dicha petición fue apoyada por la documentación nece-saria y apropiada presentada al Departamento de Estado de Estados Unidos. El 17 de agosto de 2010, dichos documentos se presentaron ante este Tribunal. (D.E. #38). Se llevó a cabo una audiencia de ex-tradición final ante este Tribunal el 31 de agosto de 2010, en donde Bravo, su abogado, una asistente de abogado de Estados Unidos en nombre y representación del Gobierno de Argentina y dos peritos estu-vieron presentes. (D.E. #42, #43).
De conformidad con la petición de la Argentina, el Gobierno de los Estados Unidos busca la ex-tradición de Bravo por los presuntos delitos de los 16 cargos de asesinato y 3 cargos de intento de asesi-nato que se remontan al 22 de agosto de 1972, cuando Bravo fue teniente en la Marina Argentina. La demanda alega que el 22 de agosto de 1972, Bravo y otros funcionarios militares ordenaron que 19 pre-sos políticos abandonaran las celdas en las que se encontraban detenidos en la Base Naval Almirante Zar en la provincia de Chubut, en la ciudad de Trelew en Argentina. Los presos cumplieron y en pocos minu-tos, fueron abatidos a tiros por Bravo y los demás oficiales. Dieciséis de los presos murieron y 3 sobrevi-vieron.
Bravo, quien llegó a Estados Unidos en 1973 y ha sido un ciudadano estadounidense desde 1987, se opone a la extradición por varios motivos. En concreto, Bravo sostiene que la causa probable no se estableció porque los documentos de extradición se basan en afirmaciones que carecen de credi-bilidad y fiabilidad; que tiene absolución militar previa de los cargos alegados; y que la Ley de Amnistía 20.508 se aplica a los hechos por los que se lo está acusando. Además, Bravo sostiene que la extradición se ve impedida por el artículo 4 del Tratado entre los Estados Unidos y Argentina, que establece que la extradición "no se concederá si el delito por el que se solicita la extradición es un delito político."
B. Argumentos del Gobierno:
El Gobierno sostiene que las pruebas aportadas por las autoridades argentinas establecen fir-memente que existe causa probable para creer que Bravo cometió los presuntos delitos. En apoyo de la extradición, el Gobierno presentó documentos suministrados por el Gobierno de Argentina en inglés y español. Los documentos incluyen: (1) una carta del Juez Hugo Ricardo Sastre, el Juez federal que presi-de en la ciudad de Rawson (en adelante "el juez Sastre"), así como las partes pertinentes del Código Penal Argentino; (2) conclusiones del Juez Sastre con fecha 3 de marzo de 2008; (3) la solicitud de de-tención y la enmienda de cargos; (4) Orden del Tribunal para la detención de Bravo; (5) una Solicitud de Investigación de declaraciones y detención de las Partes Acusadas; (6) el Código Penal Argentino con relación a la detención y al examen preliminar; (7) una declaración de María Antonia Berger (en adelan-te "Berger"), de fecha 5 de septiembre de 1972; (8) una declaración sin fecha de Ricardo Rene Haidar (en adelante "Haidar"); (9) una declaración sin fecha de Alberto Camps (en adelante "Camps") y (10), la Declaración de investigación de Carlos Amadeo Marandino (en adelante "Marandino"), quien fue acusa-do junto con Bravo en el caso pendiente en la Argentina, de fecha 20 de febrero de 2008.
Asimismo, el Gobierno presentó una carta complementaria del juez Sastre, que señaló argumen-tos de Bravo con respecto a la investigación militar previa, la absolución y la aplicación de la Ley de Am-nistía 20.508. (D.E. #31, Anexo "A"). El Gobierno señala que la carta complementaria del Juez Sastre afirma que ningún tribunal militar ha exonerado Bravo de sus acciones, y que la Ley de Amnistía 20.508 no se aplica a las acciones de Bravo. (D.E. #31, págs. 21, 25).
Además, el Gobierno argumenta que la excepción del "delito político" no se aplica en este caso debido al estado de Bravo y su papel como actor del gobierno. En el asunto de la extradición solicitada de Suárez Mason, 694 F. Supp. 676 (N. D. Cal. 1988). (D.E. #31. Págs. 16-18).
C. Audiencia de Extradición Final:
En virtud del artículo 18, § 3184 del Código de los Estados Unidos, este Tribunal celebró una audiencia el 31 de agosto de 2010, para examinar si las pruebas del delito presentado por el Gobierno de la Argentina son "suficientes para sostener el cargo" por el que se solicita la extradición. (D.E. #42). [Una transcripción de la audiencia está contenida en el expediente]
Bravo presentó numerosos artículos de una variedad de publicaciones de circulación general de Argentina, Estados Unidos, que establecieron que durante la década de 1970 los grupos insurgentes armados operando activamente en la Argentina con el propósito expreso de derrocar al gobierno militar de entonces en el poder. Los dos más grandes y más peligrosos de dichos grupos terroristas eran el Ejér-cito Revolucionario del Pueblo (“ERP”) y los Montoneros. Los Montoneros, un grupo peronista de iz-quierda, conocido por "acciones terroristas violentas urbanas, tales como secuestros y asesinatos políti-cos" y "dedicada al derrocamiento del gobierno en la Argentina," había comenzado a escalar sus activi-dades violentas durante 1970 al 1972. Muchos de ellos habían sido encarcelados durante esos años y habían orquestado una serie de asaltos de prisión y fugas.
Las exposiciones de Bravo y los testimonios de expertos determinaron que el 15 de agosto de 1972, un grupo de terroristas habían sido alojados en la Penitenciaría Federal de Rawson, una prisión de máxima seguridad, cuando un grupo de 25 personas orquestaron una fuga violenta, pero exitosa, to-mando el control de la prisión, robando armas, matando a un guardia de la prisión y escapando de la Penitenciaría con la ayuda de cómplices afuera.
Seis de los líderes del grupo viajaron en auto al aeropuerto de Trelew, en donde abordaron un avión comercial con 96 pasajeros que ya habían sido secuestrados por 3 cómplices que estaban a bordo. Ellos huyeron a Chile y allí se les dio un paso seguro a Cuba. Los restantes 19 fugitivos, que no pudieron llegar al aeropuerto de Trelew en tiempo para abordar el avión secuestrado, tomaron el aeropuerto, secuestrando gente en un enfrentamiento con las fuerzas de la Marina, hasta que negociaron su rendi-ción y fueron alojados en la base aérea naval Almirante Zar de Trelew. De acuerdo a los informes del periódico argentino “La Opinión”, los 19 eran extremistas miembros de los grupos terroristas más im-portantes. (D.E. # 41, Anexo 6).
El 22 de agosto de 1972 hubo un tiroteo en las instalaciones de Trelew en donde trece prisione-ros murieron en la escena, tres murieron luego en el hospital y tres sobrevivieron (los sobrevivientes fueron: Berger, Haidar y Camps).
De conformidad con la documentación de Bravo, que incluye informes y la investigación oficial por un juez militar, uno de los guardias había escuchado murmullos y ruidos sospechosos procedentes de las células, y decidió ordenar a los detenidos salir de sus celdas, colocar sus mantas y esteras en el pasillo frente a las células, y alinearse contra la pared, frente a la entrada, para su inspección. En ese momento, Luis Emilio Sosa (en lo sucesivo, "Sosa"), un Capitán de Corbeta del cuerpo de marina, proce-dió a caminar por la línea de los presos y fue atacado por la espalda por Mario Pujadas (en adelante "Pujadas"), uno de los presos. En ese momento, los oficiales, incluyendo Bravo, comenzaron a disparar en defensa propia.
Además, Bravo presentó el testimonio de testigos expertos, Jon Perdue, Director de Programas para América Latina en el Fondo de Estudios Americanos en Washington, DC (en adelante "Perdue") y Alfredo Solari, un profesor argentino de Derecho Constitucional (en adelante "el profesor Solari"). (D. E. #41, Anexos 1, 3).
El profesor Solari declaró en la audiencia que el artículo 29 de la Constitución Argentina, el cual se incorporó más tarde en el Código de Justicia Militar, dio a los militares la jurisdicción exclusiva para investigar y enjuiciar a los oficiales militares. El profesor Solari además declaró que se llevó a cabo una investigación militar completa con respecto a los hechos ocurridos en Trelew, según lo indicado por la Corte Suprema de Argentina. (D.E. #43, págs. 65-66). Bravo fue absuelto por la investigación militar. El informe del Auditor General llegó a la conclusión de la siguiente manera:
“En cuanto al Teniente Bravo, estoy de acuerdo con lo expresado en las pági-nas 406/407 por el Presidente de la Junta de Jefes de Estado Mayor que de-terminó anteriormente que el oficial antes mencionado no debe ser sanciona-do. Debo añadir que en mi opinión BRAVO actuó adecuadamente frente a una circunstancia muy difícil en la que tuvo que cumplir con su tarea, como el líder de la guardia encargado de custodiar a los reclusos fanáticamente peligrosos. Es evidente que a través de sus acciones no sólo salvó la vida de un oficial, sino que también impidió la fuga y la ocurrencia casi segura de otros acontecimien-tos con consecuencias imprevisibles. El cumplimiento de la simple rutina con las instrucciones que había recibido, al abrir fuego de inmediato, hubiera cau-sado sin duda la muerte del capitán SOSA, dada la forma en que ocurrieron los hechos.”… “Teniendo en cuenta todo lo dicho, y en base a los hechos y las le-yes que he indicado, creo que es apropiado resolver este caso con un sobre-seimiento definitivo, conforme a lo dispuesto por el art. 338 de la sección 2 del CNM.”
(D.E. #41, Anexo 12, pág 6).
El Profesor Solari explicó que, de conformidad con la ley existente en ese momento, la reco-mendación del Auditor General se transmitió a la Junta de Estado Mayor de la Nación y luego al Presi-dente de la República Argentina, que emitió el Decreto Nº 425, sobre la base de "información propor-cionada por el Presidente de la Junta del Estado Mayor y la resolución del Auditor General de las Fuerzas Armadas", que las pruebas eran "insuficientes para justificar la sentencia de reproche de ningún tipo contra el personal de intervención militar" y decretó "definitivamente cerrar el sumario presente." (D.E. #41, Anexo 13).
Además, el profesor Solari declaró que, de conformidad con la ley Argentina, el decreto era:
“… definitivo y vinculante - es definitivo y vinculante que está absuelto de cualquier consecuencia penal. Y de acuerdo con el artículo 335 del Código de Justicia Militar, no es permisible que exista un proceso penal, una vez más co-ntra él sobre la base de los mismos hechos (D.E. #43, pág. 77)”
Es de interés para este Tribunal el hecho de que los documentos de extradición no contienen mención alguna de la investigación militar y “absolución” de Bravo, ni mencionan la Ley de Amnistía aprobada en 1973 que aún se encuentra en pleno vigor y efecto, y que protege plenamente a Bravo del procesamiento en este caso.
Este Tribunal, sin embargo, abordará la cuestión de si existe causa probable para extraditar a Bravo, y si la excepción de "delito político" al Tratado prohíbe la extradición de Bravo.
II. ANÁLISIS LEGAL
Un tratado de extradición crea en un gobierno extranjero el derecho a exigir y obtener la extra-dición de un criminal acusado. Quinn c/ Robinson, 783 F. 2d 776, 782 (9th Cir.), Cert. denied, 479 U.S. 882 (1986). En ausencia de un tratado, el gobierno federal carece de facultades para entregar el acusado al gobierno extranjero. Identificación. El Tribunal es consciente de su obligación de abordar “los desafíos a la extradición con vistas a la constatación del delito en el tratado". McElyy c/ Civiletti, 523 F. Supp. 42, 48 (SD Fla. 1981). Además, los tratados de extradición son para ser interpretados libremente con el fin de cumplir su propósito, es decir, a entregar los prófugos por juicio por sus presuntos delitos. Valentine c/ ex. rel Neidecker de Estados Unidos, 299 U.S. 5, 57 S. Ct 100, 81 L.Ed. 5 (1936), Factor c/ Laubenhei-mer, 290 EE.UU. 276, 54 S. Ct 191,78 L.Ed. 315 (1933); McElyy 523 F. Supp a 47.
Este Tribunal debe determinar si las pruebas proporcionadas por Argentina en apoyo de su apli-cación para la extradición son “suficientes para sostener la acusación de conformidad con las disposicio-nes del Tratado o Convención”. (art. 18 del Código de los Estados Unidos § 3184). En la causa inmediata, a fin de que la extradición de Bravo sea adecuada, el gobierno tiene la obligación de establecer los si-guientes cuatro elementos: (1) que existen cargos penales pendientes en contra de Bravo en la Argenti-na; (2) que los delitos de los cuales Bravo está acusado son casos de extradición en virtud del tratado; (3) que Bravo es el individuo buscado por las autoridades en la Argentina; y (4) que, basándose en los documentos presentados por el gobierno, existe causa probable para creer que un delito se cometió y que Bravo lo cometió. Estados Unidos c/ Barr, 619 F. Supp. 1068, 1070 (E. D. Pa. 1985).
Al hacer estas determinaciones, la credibilidad y el peso de las pruebas quedan exclusivamente dentro de la discreción del Juez del Magistrado. Noel contra los Estados Unidos, 12 F. Supp .2 d 1300, 1303 (MD Fla. 1998) (citando Estados Unidos contra Wiebe, 733 F. 2d 549, 553 (8 º Cir 1984).); García-Guillem contra Estados Unidos, 450 F. 2d 1189, 1192 (quinta Cir. 1971), cert. denied, 405 EE.UU. 989, 92 S. Ct 1251,31 L.Ed.2d 455 (1972). "La audiencia de extradición no es un juicio sobre el fondo para deter-minar la culpabilidad o inocencia, sino que sirve como medio para asegurar que existe causa probable para creer que la persona cuya entrega se solicita ha cometido el delito por el que se solicita su extradi-ción." Castro Bobadilla c/ Reno, 826 F. Supp. 1428, 1433 (SD Fla. 1993), aff’d, 28 F. 3d 116 (Lith Cir. 1994).
El estándar de causa probable aplicable en los procedimientos de extradición se define de con-formidad con la ley federal. Id. (Citando Sindona c/ Grant, 619 F. 2d 167, 175 (2d Cir 1980).) Barr, 619 F. Supp. en 1071). De conformidad con la ley federal, existe causa probable donde hay "conocimiento de información razonablemente fiable suficiente para garantizar a una persona de prudencia razonable en la creencia de que un delito ha sido cometido por la persona a ser detenida." Estados Unidos contra Howard, 489 F. 3d 484, 491 (2d Cir. 2007) (citando Panetta c/ Crowley, 460 F. 3d 388, 395 (2d Cir. 2006)), cert. denied, 128 S. Ct 525 (2007). Del mismo modo, la evidencia que tiende a "borrar" causa probable se debe considerar. Shapiro c/ Ferrandina, 355 F. Supp. 563, 572 (SDNY), aff’d, 478 F. 2d 894 (2d Cir.), Cert. denied, 414 EE.UU. 884 (1973). Además, si "una persona busca presentar pruebas que niegan todas las bases de causa probable, dichas pruebas deben ser admitidas, porque si la persona puede demostrar con éxito ante la corte que todas las bases por las que se lo acusa no son confiables, entonces no hay pruebas para apoyar su extradición." Maguana-Celaya contra Haro, 19 F. Supp .2 d 1337 (SD Fla. 1998).
Por lo tanto, es "apropiado permitir pruebas que tiende a anular la causa probable..." Extradi-ción in re de Mainero, 990 F. Supp. 1208, 1218-1219 (S. D. Cal. 1997). Si las pruebas presentadas no constituyen una causa probable y "las alegaciones del Estado requirente no son nada más que sospe-chosas... la solicitud debe ser rechazada." Estados Unidos c/ Fernández-Morris, el 99 F.Supp.2d 1358, 1366 (SD Fla. 1999).
La admisibilidad de prueba en procedimientos de extradición se rige por el artículo 18 del Códi-go de Estados Unidos § 3190, el cual proporciona lo siguiente:
“Las declaraciones, garantías, u otros documentos o copias de los mismos que se ofrecen como prueba en la audiencia de cualquier caso de extradición deberán ser recibidas y aceptadas como prueba en dicha audiencia a todos los efectos de dicha audiencia si estuvieran debida y legalmente autenticados a fin de dar derecho a que se reciban para fines similares por los tribunales del país extranjero del que se ha escapado la parte acusada, y el certificado del principal funcionario diplomático o consular de los residentes de los Estados Unidos en el país extranjero será prueba de que la misma, por lo que ofrece, se autentican en la forma requerida.
Artículo 18 del Código de Estados Unidos, § 3190.
Consecuentemente, la prueba indirecta es admisible. Simmons c/ Braun, 627 F.2d 635, 636 (2d Cir. 1980); accord Hoxha c/ Levi, 465 F.3d 554,561 (3d Cir. 2006); Estados Unidos c/ Pena-Bencosme, 2006 WL 3290361, at *2 (E.D. N.Y. Nov. 13, 2006) (casos citados). Además, el tribunal puede incluso depender de "las declaraciones no juradas de los testigos ausentes." Collins v/ Loisel, 259 U.S. 309, 316 (1922); accord Simmons, 627 F. 2d en 636. Sin embargo, esto no significa que el tribunal de audiencia debe actuar como un "sello de goma". Pena-Bencosme, 2006 WL 3290361, en * 2 (citando Estados Uni-dos contra Fernández-Morris, 99 F.Supp.2d 1358, 1366 n. 7 (S.D.Fla 1999)). Por el contrario, "un tribunal debe realizar una evaluación independiente de las pruebas y examinar de cerca las comunicaciones del país solicitante para garantizar que todo dicho tenga el suficiente indicio de confiabilidad para estable-cer causa probable." Pena-Bencosme, 2006 WL 3290361, en * 2 (citando Gill c/ Imundi, 747 F. Supp. 1028, 1041 (SDNY 1990)).
Bravo no discute que existen cargos criminales pendientes contra él en Argentina; que los deli-tos que se le imputan son los casos de extradición en virtud del Tratado; y que él es el individuo buscado por Argentina. Bravo sostiene que los documentos de extradición presentados por el Gobierno no son suficientes para proporcionar causa probable de que los delitos imputados se han cometido, o que él los ha cometido, en particular a la luz de sus pruebas de defensa de absolución militar anterior y la conce-sión de Amnistía. Bravo sostiene además que su extradición se ve impedida por la excepción de "delito político" contenida en el artículo 4 del Tratado.
A Causa Probable para la Extradición:
1. Credibilidad y confiabilidad de las declaraciones de los sobrevivientes
La solicitud de extradición se basa en gran medida en las declaraciones no juradas realizadas por Berger, Haidar y Camps en septiembre de 1972; y la Declaración de Investigación de Marandino de fe-brero de 2008. Este Tribunal ha examinado cuidadosamente estos documentos y encuentra problemas graves e inherentes de credibilidad y confianza con ellos.
En primer lugar, este Tribunal se ocupará de las declaraciones de Berger, Haidar y Camps que afirmaron que fueron víctimas de una "masacre" y los soldados les ordenaron salir de sus celdas, los alineados, y sin provocación, abrieron fuego en una ejecución en masa. Además, las declaraciones de Berger, Haidar y Camps afirman malos tratos durante la semana previa a los disparos, que incluye el requerimiento de que algunos prisioneros se acostaran en el suelo desnudos, a pesar del clima frío. (R. 38, 51, 55, 59). Alegaron que Bravo participó en algunos de los malos tratos hacia ellos. En la noche de los disparos, señalan que Bravo y otros oficiales entraron en el área de la célula (prisión), ordenaron a Marandino abrir las celdas y salir del área, y luego los oficiales comenzaron a disparar sus ametrallado-ras a los prisioneros. (R. 51-52, 55, 59, 69-70).
Las declaraciones de Berger, Haidar y Camps parece haber sido realizadas poco después de los fusilamientos de Trelew y en concierto unos con otros y con sus abogados defensores. (R. 50, 54, 58). Mientras que sólo la declaración de Berger tiene fecha, parece que las tres declaraciones se dieron alre-dedor del mismo tiempo ya que las tres declaraciones tienen la misma leyenda y se describieron como "muy similares" por Perdue. (D.E. # 43, pág. 52). Parece que las declaraciones fueron coordinadas con una conferencia de prensa ofrecida por sus abogados defensores. (R. 42, 63). Las declaraciones y las conferencias de prensa por los abogados defensores son relevantes para la determinación de la credibi-lidad y el motivo, ya que Bravo presentó documentos que sustentan su posición de que "los terroristas operan regularmente en las campañas de propaganda a fin de obtener los reclutas y empatía del público para su campaña sostenida para derrocar el gobierno existente. " (D.E. # 57, p. 6).
El hecho de que las declaraciones de los sobrevivientes no se hicieron bajo juramento o en cual-quier foro oficial no las descalifica, ya que, como se señaló anteriormente, incluso las declaraciones no juradas pueden apoyar la causa probable. Sin embargo, el Tribunal considera que tales declaraciones requieren una investigación más en profundidad de las circunstancias bajo las cuales se las dio y los an-tecedentes, motivos y prejuicios de los declarantes, a fin de determinar si las declaraciones son inheren-temente sospechosas y por lo tanto carecen de credibilidad y confiabilidad para apoyar la determinación de causa probable. República de Francia contra Moghadam, 617 F. Supp. 777, 782-84 (Cal D. C. 1985).
Este Tribunal observa que no ha habido ninguna disputa de que los tres sobrevivientes eran miembros comprometidos de grupos extremistas y terroristas que habían escapado de una prisión de máxima seguridad de Rawson una semana antes, en el que dos guardias de Rawson fueron fusilados, lo que resulta en la muerte de un guardia. (D.E. # 41, Anexo 6, DE N º 43, páginas 40, 46, 53; R. 34-35). De hecho, como declaró Perdue, Berger, Haidar y Camps estaban comprometidos con la doctrina "matar inocentes para hacer notar su causa," y se les había enseñado que "si eran encarcelados, escapar... y evadir es también una parte de su adoctrinamiento. " (D.E. # 43, págs. 28, 48).
Irónicamente, parte de las declaraciones proporcionadas en los documentos de extradición re-almente apoyan la teoría de la defensa, y por lo tanto, disminuyen el nivel de causa probable. Por ejem-plo, Haidar reconoció en su declaración que escuchó a Bravo declarar que había habido un intento de fuga. Específicamente, Haidar declaró lo siguiente:
“Hubo un silencio prolongado, y de nuevo Bravo, que en voz muy alta decía a alguien: "trataron de escapar", "Pujadas intentó arrebatarle la pistola al Capi-tán, trató de resistir". Minutos más tarde alguien me tomó el pulso y comentó: "Este tiene un pulso muy bueno". Poco después me pusieron en una camilla y me llevaron al hospital de la base. Cubrieron mi herida allí y se me administró un tranquilizante. Tuve la oportunidad de ver a los otros heridos: Astudillo, Ko-hon, María Antoni, Polti y Camps. (Folio quinto) En el transcurso de la mañana del martes me transfieren junto con Camps al Hospital Puerto Belgrano, me operan alrededor de las 21: 00hs.”
(R.56). Este Tribunal observa que el hecho de que Haidar fuera llevado al hospital luego de descubrir que él tenía “un buen pulso” y fue “operado” es inconsistente con la teoría de que esto fue planeado y de que fue una ejecución a sangre fría, dado que los verdugos difícilmente deciden dejar sobrevivientes.
A continuación, este Tribunal dirigirá la declaración de Investigación de Marandino. Es evidente a partir de una lectura razonable de las respuestas de Marandino que no estuvo presente en la sala cuando comenzó el tiroteo y no podría haber estado en condiciones de observar personalmente por qué empezó y si se trataba de una ejecución planeada o una reacción a un intento de fuga. Sin embargo, Marandino fue capaz de escuchar lo que sucedió, y lo que oyó erosiona aún más la causa probable para creer que los hechos de Trelew fueron una "masacre" o ejecución planificada. En concreto, Marandino declaró, en su parte pertinente, lo siguiente:
“Después se oía como si hablaran en voz alta o a los gritos. Además, parece como si se oía que cantaban el himno (folio XVI) de Argentina, después se oían muchos gritos de nuevo. Alguien gritó que están tratando de escapar. Oí mu-chos tiros, hubo un momento de respiro, y otra vez los disparos. Después de esto fui a ver lo que estaba pasando, me dieron una pistola 45 mm y que tenía que ver los cuerpos, lo que hice, di dos o tres pasos y volví porque temía que algo pudiera pasarme, temí por mi vida. Entregué mi arma, sintiéndome muy nervioso y confundido, me llevaron a la enfermería de la base y ahí me desper-té en las altas horas de esa noche, me dieron un tranquilizante para calmar-me...” (R. 69).
Maradino admitió que estaba en “un estado de shock” viendo los cuerpos y escuchando los disparos, y que fue llevado a la enfermería. (R. 70). También declaró que sólo se le solicitó que revisara los cuerpos más tarde y que no se le ordenó que le disparara a alguien. (R. 73).
Si bien el Gobierno toma nota de su observación de que uno o varios de los guardias "olían a alcohol" y que "habían tomado algunas bebidas", también afirmó claramente que no estaban borrachos y que "caminaban bien, se veían bien y se expresaban correctamente." (R. 74). Teniendo en cuenta el hecho de que él no estaba presente cuando comenzaron los disparos, su llamada "retractación" que él no creía que fuera creíble que los presos intentaban escapar tiene poco o ningún valor probatorio.
Todos los factores anteriores añaden al escepticismo y duda del Tribunal sobre la credibilidad, fiabilidad y veracidad de los relatos de Berger, Haidar y Camps, sobre los cuales se basa la solicitud de extradición, y crea motivos razonables para descartar o hacer caso omiso de sus declaraciones.
También es de interés para este Tribunal que Berger, Haidar y Camps desaparecieron o murie-ron durante la década de 1970. (R. 2, 63). Por lo tanto, nunca ha habido ninguna manera de probar sus imputaciones o someterlos a cualquier interrogatorio. Por otra parte, los documentos de extradición no revelan ninguna prueba independiente que apoyar su versión.
Este Tribunal está de acuerdo con las observaciones de Perdue durante el interrogatorio, en donde la diferencia entre las versiones de los tres sobrevivientes y la investigación militar oficial gira en torno a si el tiroteo comenzó debido a un “fusilado”, como lo llaman ellos, en donde se los alinea contra la pared y se abre fuego. O una respuesta a desarmar uno de los guardias y tratar de fomentar otra
fuga. "(Tr. 37).
La observación de Perdue es importante porque los documentos de extradición no contienen mención alguna de la investigación militar oficial y del hecho de que el Juez militar responsable de la investigación entrevistó a Haidar y Camps, tiene el beneficio de sus declaraciones, y llegó a conclusiones concretas en donde las versiones de los hechos no eran creíbles sobre la base de pruebas independien-tes. (D .E. #41, Anexo 12, pág. 4).
2. Prueba de la Absolución Militar y Concesión de Amnistía:
Según el Gobierno, el artículo 5 del Tratado sólo prohíbe la extradición sobre la base de la cosa juzgada, cuando la persona ha sido juzgada y absuelta en el Estado requerido (es decir, los Estados Uni-dos), y puesto que Bravo no ha sido absuelto de los Estados Unidos, no puede invocar esa sección como defensa a la extradición. Extradición in re de Hurtado, 622 F. Supp .2 d 1354, 1356 (SD Fla. 2009). Sin embargo, Hurtado no se aplica en este caso porque Bravo no ha invocado el artículo 5 del Tratado, sino que afirma que la evidencia de una sentencia absolutoria previa es un tema "que hace desaparecer la causa probable." (D.E. # 27, págs. 20-21).
Como se señaló anteriormente, el profesor Solari declaró en la audiencia que el artículo 29 de la Constitución Argentina, que se incorporó más tarde en el Código de Justicia Militar, otorgó a los milita-res la jurisdicción exclusiva para investigar y enjuiciar a los militares. (D.E. # 43, páginas 65-66). El profe-sor Solari estableció, y los documentos debidamente autenticados confirmaron, que la investigación militar completa solicitada fue realizada por un juez militar, revisado por altos oficiales militares, y re-sumida en un informe por el Auditor General de las Fuerzas Armadas quien recomendó una sentencia "absolutoria definitiva." (D.E. # 41, Cuadro 12, página 6.)
Aquellas recomendaciones fueron revisadas por el presidente Lanusse, quien firmó el Decreto Nº 425 basado en "información proporcionada por el jefe del Estado Mayor Conjunto y la resolución del Auditor General de las Fuerzas Armadas" y se cita de la siguiente manera:
“Que la investigación exhaustiva completa, las declaraciones testimoniales, los informes médicos, los informes de balística, los testimonios de expertos sobre las heridas, etc., son insuficientes para justificar la sentencia por reproche de algún tipo contra el personal militar interviniente, debido a que dichos exáme-nes permiten extraer la conclusión , fuera de toda duda, que actuaron, enfren-tando a un grupo muy peligroso, en estricto cumplimiento de sus órdenes, y en ejercicio legítimo de su autoridad.”
“Que tampoco surge cualquier acusación dentro del ámbito de la disciplina, teniendo en cuenta que, como se dijo anteriormente, las acciones del personal que suprimió la intención de escapar y motivado por las circunstancias especia-les en las cuales el grupo de prisioneros había sido colocado bajo su custodia, el peligro que plantearon los presos y la intención de evitar que se fugan con consecuencias imprevistas [.]”(D.E. #41, Anexo 13, pág. 1).”
“Por lo tanto, el Presidente de la Argentina, de conformidad con la autoridad del Código de Jus-ticia Militar, decreta lo siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO: cerrar definitivamente el presente procedimiento preli-minar de conformidad con los términos del artículo 338, cláusula segunda, del Código de Justicia Militar (LM 14029).
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar el presente decreto, presentarlo a la Oficina Nacional de Registro Oficial, registrarlo y enviarlo al Comandante en Jefe de la Marina, a los efectos pertinentes. (D.E. #41, Anexo 13, pág. 2).”
Además, las pruebas y los testimonios sobre la Ley de Amnistía 20.508 son prueba igualmente importante y admisible que, por sí sola o en concierto con la prueba de absolución militar, también des-truye la causa probable. La ley de Amnistía 20.508 fue aprobada por el Congreso Argentino para aplicar-se a hechos anteriores al 25 de mayo de 1973, incluyendo los hechos de Trelew. (D.E. # 41, Anexo 14). El profesor Solari declaró que esta Ley de Amnistía no ha sido nunca derogada o declarada inconstitucio-nal, a pesar de que dos leyes diferentes se habían declarado nulas. (R. 82). El profesor Solari también declaró que la Ley de Amnistía 20.508 se ha invocado tan recientemente como en 2005 por el entonces presidente Néstor Kirchner para restaurar rango militar y el pago retroactivo completo a un guardiama-rina que había sido declarado culpable en 1972 de "motín sangriento" por el que podría haber recibido la pena de muerte, pero se le concedió la amnistía en virtud de esta ley. (Tr. 82 a 84; D.E. #41, Anexo 16).
De conformidad con el Artículo 59 del Código Penal Argentino, la amnistía es una de las tres ra-zones por las cuales una “acción penal se extingue”. (R. 7). Sin embargo, este Tribunal no especulará sobre el razonamiento del juez Sastre o la lógica por no mencionar la Ley de Amnistía 20.508 en su carta al Tribunal. Este Tribunal pone en tela de juicio porqué el juez Sastre menciona específicamente la Ley de amnistía 23.521 y 23.492 Ley de Amnistía, que tratan eventos posteriores y que fueron derogadas por el Congreso Argentino, pero no menciona la Ley de Amnistía 20.508 que se aplica al caso de Bravo y que nunca ha sido derogada. (R. 11).
Por otra parte, el juez Sastre presentó una carta adicional, de fecha 17 de marzo de 2010, en la que trató de restar importancia al efecto y al impacto del informe del Auditor General, al cual calificó como "una simple fotocopia no certificada de un supuesto informe o dictamen de un supuesto oficial de las Fuerzas Armadas". (D.E. # 31, Anexo A págs. 3-4). Ya sea intencional o no, esto era claramente enga-ñoso, ya que la carta de presentación para la exhibición de la Defensa reveló que se la había proporcio-nado por el Departamento de la Marina en respuesta a una solicitud que hizo en marzo de 2006. Su afirmación de que "no hay ningún archivo que contenga una sentencia firme" también fue incorrecta o engañosa, ya que, como explicó el profesor Solari, el Decreto Presidencial Nº 425 era dicha sentencia definitiva, y el juez Sastre sabía, o debería haber sabido, de su existencia. (D.E. # 31, Anexo A, pág. 4).
Este Tribunal concluye que la evidencia de la investigación militar total y la absolución, el Decre-to Presidencial Nº 425, y las pruebas y testimonios sobre la aplicación de la Ley de Amnistía 20.508 son todos pertinentes y admisibles sobre la cuestión de causa probable. Además, el Tribunal considera que las pruebas pertinentes eliminan la proyección de causa probable en este caso. Por lo tanto, sobre la base de esta afirmación, el Gobierno Argentino no ha cumplido con su responsabilidad de demostrar causa probable para justificar la extradición.
B. La Excepción de “Delito Político” del Tratado:
Si bien esta Corte ha encontrado que el Gobierno no ha logrado establecer la causa probable de la extradición, no obstante, se abordará la excepción de "delito político".
El artículo 4 del Tratado, "Delitos Políticos y Militares", establece en su artículo 1 que "La extra-dición no será concedida si el delito por el que se solicita la extradición es un delito político." El Tratado no define exactamente lo que constituye un "delito político", pero enumera ciertos delitos que "no se considerarán como delitos políticos," ninguno de los cuales son aplicables en este caso.
Hay dos tipos de delitos políticos: "puro” y “relativo". Marzuk c/ Christopher, 1996 WL 583378 (SDNY 1996). Los delitos políticos "puros" son delitos dirigidos al estado que carece de los elementos de los delitos comunes, que incluyen delitos como traición a la patria, sedición y espionaje.
Los delitos políticos "relativos" son delitos que están (1) "relacionados con," (2) la ocurrencia de "graves disturbios políticos, como la guerra, la revolución y rebelión." Id. En el presente caso, se trata de un delito político "relativo".
Los tribunales han establecido una prueba de dos vías para determinar si un delito es lo suficien-temente político bajo la categoría de delito político para caer con la prohibición de extradición del Tra-tado. Para hacer frente a la prueba, el acusado debe demostrar que el delito político "implica [implicó] un" levantamiento "o algún otro disturbio político violento" y que el acto "en cuestión debe estar rela-cionado con la ocurrencia a fin de justificar la exclusión." García-Guillem contra los Estados Unidos, 450 F.2d 1189, 1192 (5ta Cir. 1971). Para constituir un "levantamiento" en el primer punto de la prueba, debe haber "revuelta sustancial y la violencia generalizada" y no sólo "actos esporádicos de violencia." Ahmad c. Wigen, 726 F. Supp. 389408 (EDNY 1989), affd, 910 F. 2d 1063 (2d Cir 1990.); Eain contra Wil-kes, supra en 519-520.
La responsabilidad inicial de la prueba recae sobre el acusado para establecer los elementos esenciales de la excepción por delito político. Si el demandado establece los elementos esenciales, la responsabilidad pasa al gobierno para que éste demuestre que el delito imputado no es de carácter político. Ramos v. Díaz, 179 F. Supp. 459, 463 (SD Fla. 1959); Estados Unidos contra Pitawanakwat, 120 F. Supp .2 d 921, 928 (D. O de 2000.).
1. El "levantamiento":
Para satisfacer este punto de la excepción por delito político, un solicitante debe demostrar que un "levantamiento" o algún otro disturbio político violento, como una insurrección, rebelión, o una gue-rra, ocurre en el momento en que se cometió el delito. Barapind v. Enomoto, 400 F. 3d 744, 753 (9th Cir 2005.); Quinn v. Robinson, 783 F. 2d 776 (9th Cir 1986.).
En el presente caso, las pruebas presentadas por Bravo con respecto a las actividades de la ERP y Montoneros durante 1970 a 1972 y los testimonios expertos de Perdue y del profesor Solari han de-mostrado ampliamente la existencia de la rebelión, insurrección o guerra, y han demostrado que el inci-dente de Trelew se llevó a cabo durante un "disturbio político violento, como la guerra, la revolución y rebelión." (DE # 41, Anexos 4-8; R. 10-14,57-59); GuiIlern García v. United States, 450 F.2d 1189, 1191 (Cir quinta de 1971.); Estados Unidos contra Pajkanovic, Fed. Aprox. 1098, 1104 (litográfico Cir. Noviem-bre 16, 2009) (N º 09-12510). Por ejemplo, el profesor Solari declaró que durante la década de 1970, conllevando a la fuga de la prisión de Rawson, "la perversidad aumentó. En realidad, aumentó de mane-ra exponencial durante ese período de tiempo." (D.E. # 43, pág. 60). Además, dejó claro que "las organi-zaciones terroristas estaban llevando a cabo, en este caso en particular, una revolución con el fin de seguir adelante y tomar el control político. (DE # 43, pág. 84). Perdue ofreció un testimonio similar (DE # 43, págs. 13, 16,20).
2. La "incidencia":
Del mismo modo, las pruebas y testimonios claramente establecieron que el tiroteo en Trelew fue con relación a, y en el curso de, la supresión de la revolución terrorista violenta contra el Gobierno Argentino.
El profesor Solari declaró que la fuga de la prisión de Rawson fue "absolutamente" relacionada con las hostilidades que ocurrían, y el incidente de Trelew también fue "absolutamente" relacionado con las hostilidades. (D.E. # 43, pág. 86). Perdue también declaró que los acontecimientos que tuvieron lugar en Trelew fueron en el curso de los disturbios violentos que ocurrían, y que los acontecimientos que tuvieron lugar en Trelew se relacionaban con ese curso de perturbación. (D.E. # 43, pgs. 27-28).
Ambos peritos también estuvieron muy de acuerdo en que la fuga de la prisión de Rawson y los fusilamientos de Trelew fueron en el curso de, y en relación al violento levantamiento integral de la revolución armada sostenida y continua para derrocar al Gobierno Argentino de aquél entonces. En concreto, el profesor Solari declaró que "los prisioneros fueron obligados, de acuerdo a sus jefes, a es-capar de la prisión en la que pudieran estar retenidos." (DE N º 43, pág. 86). Además, según la opinión experta de Perdue, los prisioneros fueron entrenados para que "si estando encarcelados, escaparan, y la fuga y la evasión es una parte de su adoctrinamiento." (D.E. # 43, pág. 28).
Sobre la base de los documentos y testimonios de expertos, este Tribunal considera que Bravo satisfizo su responsabilidad de demostrar que las acusaciones contra él constituyen un delito político. Ramos, supra en 463 y en Re Ezeta, 62 F. 972 (ND Cal. 1894.); Estados Unidos contra Pitawanakwat, 120 F. Supp .2 d 921 928 (D. Or 2000.).
3. La Responsabilidad torna hacia el Gobierno:
El testimonio y las pruebas presentadas por Bravo fueron convincentes y superaron con creces su responsabilidad de presentar pruebas que "tiendan a demostrar" que los delitos eran de carácter político. En dicho punto, "la responsabilidad recae sobre el gobierno demandante de demostrar lo con-trario." Ramos c/ Díaz, supra en 463.
El Gobierno, sin embargo, no refuta o contradice de modo alguno las pruebas de Bravo, y por lo tanto falló en su responsabilidad de mostrar que el delito de Bravo no era un delito político en virtud del artículo 4 del Tratado. Este Tribunal considera que el Gobierno no presentó pruebas antes o durante la audiencia de extradición para refutar las alegaciones de Bravo, las exposiciones y el testimonio experto de que su delito fue referente a un disturbio político violento. Por lo tanto, este Tribunal considera que la excepción por delito político se aplica a Bravo y su extradición está prohibida por el artículo 4 del Tra-tado.
III. CONCLUSIÓN
Con base en lo anterior, este Tribunal considera que el Gobierno no ha cumplido con su obliga-ción de establecer lo extraditable ya que las declaraciones de Berger, Haidar y Camps no son creíbles y las pruebas de la defensa ha "borrado" causa probable; y la extradición está legalmente prescrita dado que los presuntos delitos de los que Bravo está acusado constituyen "delitos políticos" de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del Tratado.
En consecuencia, se ORDENA y RESUELVE de la siguiente manera:
(1) La solicitud de extradición es DENEGADA y este Tribunal NO emitirá un Certificado de extra-dición a la Secretaría de Estado recomendando que Roberto Guillermo Bravo sea extraditado a la Argen-tina;
(2) Los bonos y las condiciones de la liberación ordenada previamente por el Tribunal de Justicia (D. E. # 14, 15) quedan aquí DADAS DE ALTA, el secretario del Tribunal libera todos los fondos deposita-dos en el Registro del Tribunal de Justicia, y las garantías personales y garantes de los bonos en esta causa se declaran libres de toda otra obligación en esta causa.
(3) Todos los documentos de viaje y los pasaportes entregados a los servicios previos al juicio o al Gobierno serán inmediatamente devueltos a Bravo.
(4) El presente caso queda cerrado y las mociones pendientes se consideran como discutibles.
DADO Y FIRMADO este día 1ro de noviembre de 2010.
[A continuación sigue una firma ilegible debajo de la cual se lee:] ROBERT L. DUBÉ. JUEZ DE MA-GISTRADO DE LOS ESTADOS UNIDOS.
Traducción realizada por:
María José San Emeterio, Traductora Pública de Idioma Inglés, Matrícula Profesional del Colegio de Traductores Públicos Nº 6541.
mj.sanemeterio@gmail.com.

domingo, octubre 31, 2010

EL UNGIDO

“Cuando muere el hombre impío perece su esperanza”
Prov. 11,7
Por ANTONIO CAPONNETTO

No siendo especialistas en tanatología –como de pronto parecen serlo todos nuestros conciudadanos- apenas si un par de reflexiones podríamos hilvanar ante la muerte de Néstor Kirchner.
La primera es que su deceso es un bien inmenso para el país, como lo sería el de todos aquellos de su laya que viven y obran para ultrajar a Dios y a la Patria. Disimular, omitir o atemperar este juicio nos conduciría a pagar un tributo al cinismo que no estamos dispuestos a oblar.

El difunto (ya lo dijimos largamente mientras vivió) ha sido una de las encarnaduras más completas cuanto deleznables de la degeneración intelectual, moral y política; y en un decurso histórico como el nuestro, en el que no es fácil competir por la náusea, se ha quedado limpiamente entre los primeros puestos. No dejó crimen por auspiciar, latrocinio por cometer, impiedad por poner en práctica, mentira por difundir y rencores torvos por ejecutar malignamente. Suyas fueron todas las características del hombre espiritualmente contrahecho. Desde la dicción soez y el gesto atrabiliario, hasta el corazón irreligioso y la mente ganada por las cóleras más ruines.

Halló solaz en propiciar la contranatura y sintió desdicha por las virtudes tradicionales. Gozó con la fiesta sacrílega del mundo, y lo amargaron las celebraciones genuinamente sacras. Supo odiar la identidad hispanocriolla y católica de estas tierras con el mismo frenesí con que amó la causa de los asesinos de nuestra estirpe. Encanallecido, indigno y cargado de locuras furiosas, si algún epítome abarca sus pluriformes miserias y vicios sin cuento, el mismo fue acuñado el 6 de julio de 2010 por uno de sus indiscutibles y empecinados apologistas. Dijo entonces Luis D’Elía: “Néstor Kirchner es un hijo de puta, pero es nuestro hijo de puta”. “Nuestro”, es decir de ellos, fue sin duda, el abanderado y el adalid.

La segunda reflexión guarda consonancia con la primera. Un hombre de tan negrísimo talante no podía sino creerse invulnerable y sin necesidad alguna de sobrenaturales socorros. La conciencia de la vulnerabilidad es propia de quien posee la virtud de la fortaleza, enseña el Aquinate. Mientras que, por el contrario, el pusilánime finge que nada puede ocurrirle. Para el cobarde henchido de soberbia, enfermarse no le está permitido; y llamarse a sosiego o a reposo, o mostrarse frágil con humano y humilde verismo, es una señal de derrota que no puede admitir.

Por eso Kirchner y su endemoniado entorno, a cada paso de la enfermedad que al fin acarreó la muerte, rechazaron cualquier signo sacramental que invocara la posibilidad ineludible de las postrimerías. Negado a la trascendencia y dado a la publicidad, el mensaje del patagón no podía ser el de un paciente necesitado de preces y de auxilios médicos, y en consecuencia engrandecido en el dolor y en la enfermedad. Sí, en cambio, el de una máquina ganadora que se hacía algunos ajustes técnicos para seguir compitiendo hasta la recta final. Como el acróbata que es dueño de una risa estéril y falsa, de comisuras tiesas, para probar que está intacto tras las mil volteretas, así reía Kirchner tras cada golpe que le propinaba su irremisible dolencia.

El cajón cerrado –con o sin sus restos, lo mismo da- fue el último signo de esta incapacidad de mostrarse vulnerado. Para descubrir al pueblo el rostro muerto, primero hay que estar convencido de que hay un Divino Rostro que me aguarda, transfigurante de mis miserias corporales todas. El rigor mortis, públicamente retratado como preanuncio paradojal de una movilidad aquende el féretro, es propio de quienes mueren piadosamente. Contrario es el caso de los desesperados. La mors certa, hora certa sed ignota, los tortura más que el instante súbito que los arranca definitivamente del tiempo. No saben ni quieren prepararse a bien morir, porque el activismo exitista que los domina los vuelve incapaces de todo ocio contemplativo.

No fue pues, el de Kirchner, ese consumirse como un cirio para alumbrar a otros, en un sacrificial, oblativo y extremo acto de servicio. No fue un gastarse y desgastarse sin medir las consecuencias. Esto quedará para la mitología partidocrática, siempre pronta a catalogar sandeces. Fue, sencillamente, lo que escribe Gracián en El Criticón: ”los sabios mueren, los necios revientan”. Reventó agarrotado por sus tirrias y fobias, creyendo que la muerte no era para él, sino un mal siempre conveniente y deseable para sus enemigos. Tal vez no le faltó razón, puesto que Dante, en el Canto III del Infierno, localiza a un tipo de personajes que, en virtud de sus felonías, “ni tienen la esperanza de morir”.

La tercera reflexión es sobre aquellos que, desde el instante mismo de su muerte, y olvidando que hasta otros instantes previos lo habían despreciado o maldecido, se dedicaron a glorificarlo, ya desde los medios masivos o rindiéndole homenaje presencial. Hablamos ante todo de esas muchedumbres mórbidas e informes que desfilaron ante su túmulo, brindando el espectáculo decadente que suscitan habitualmente estos carnavales. Masas sin veleta ni rumbo, volubles por definición e hijas de la hez democrática, esas oleadas que integraron su cortejo, ora asistieron rentadamente por disciplina sindical, ora por saltimbanquismo populista, ora por funesta afinidad con el rufián que partía. Ayer lo hicieron ante la momia de Alfonsín o de Mercedes Sosa. Mañana por quien sea el turno de rentar el olor de multitud. La Argentina real e invisible no estaba en ese cortejo desencajado y ciego. Estaba trabajando silente en vastísimas e incalculables legiones de sufridos brazos, lamentando esta patria nuestra, material y espiritualmente corrompida por el tirano que acaba de reventar.

Pero llegue también nuestro desprecio, ya no al tropel sin riendas que incensó durante horas el ataúd del déspota, entonando sin proponérselo la Marcha fúnebre para una marioneta -mas sin los sones afinados de Gounod- sino al llamado arco opositor, político o periodístico, cuya obsecuencia lacrimógena para con el occiso y sus deudos sólo prueba lo que ya sabemos de memoria: que uno solo es el Régimen, del que medran por igual oficialistas y antagonistas, en una entente trágica, maloliente y rapaz. Un único y despreciable sistema forman las llamadas derechas e izquierdas, conjugadas al unísono para que, más allá de las muertes individuales, perdure y sobreviva el infectado y podrido conjunto.

Sea la última reflexión para medir lo más grave. Aquello que verdaderamente nos sobresalta y aqueja hasta el desgarrón literal del alma. Y es constatar que, una vez más, la Iglesia no ha sabido estar a la altura de las circunstancias.

Cierto que de Roma llegaron pésames híbridos, redactados al modo de un formulario eventual. Pero algo más hacía falta decir, porque el difunto fue un persecutor explícito de la Fe Católica, a la que ofendió cuanto pudo con saña manifiesta y procaz. ¿Por qué callar que Kirchner tipificó el desdichado caso de quienes pecan contra el Espíritu, de quienes pecan con faltas que al cielo claman, de quienes pecan sin que les sea posible merecer el perdón? (Mc 3,29; Mt 12,32; Lc 12:10). ¿Por qué callar que tanto él como su viuda, su partido y sus gobiernos, son la quintaesencia de la endemoniada juntura de capitalismo y marxismo, de progresismo y liberalismo, de gramscismo y cultura de la muerte? ¿Por qué callar en vez de distinguir y condenar con toda la energía y la contundencia que puede y debe hacerlo la Madre y Maestra?

A su turno, el Cardenal Sandri, y siete sacerdotes argentinos, celebraron una misa por Kirchner, en la Iglesia Nacional Argentina de la Ciudad Eterna. También callaron cobardemente lo que debían decir, y afirmaron lo que no debían afirmar. Verbigracia, que el occiso se destacó por “el apasionado empeño en la vida política”, dejándonos con su partida “en la pena y la sensación de desamparo”. La pena y el desamparo –entérense de una vez desaguisados y felones pretes- lo padece la patria argentina en su conjunto, como consecuencia, precisamente, del “apasionado empeño” destructor llevado a cabo por el pérfido que acaba de finiquitar, y que han decidido convertir en héroe súbito.

Las palmas de la iniquidad, por supuesto, se las llevó Bergoglio, a estas alturas, y ya sin tapujos, devenido en el Patriarca de una secta judeo cristiana. Compartiendo el presbiterio catedralicio con el rabino Bergman, y el altar con otros varones de ínclita talla, se atrevió a sostener en su homilía del 27 de octubre, que “las manos de Dios lo acompañaron [a Kirchner], lo amaron, acariciaron su vida y lo recibieron”; y que nadie debería cometer la “grande ingratitud” de olvidar que “este hombre fue ungido por la voluntad popular”. Mérito sacro e intangible de inequívoca raigambre rusoniana, ante el cual, “el pueblo tiene que claudicar de todo tipo de postura antagónica para orar frente a la muerte de un ungido por la voluntad popular”.

Bergoglio ya no merece respuesta alguna. Que Nuestro Señor Jesucristo, el Verdadero Ungido, y a quien en nombre de la voluntad popular, Néstor Kirchner vilipendió en su perdularia vida, le prodigue el perdón, alguna vez, por haber preferido el sacerdocio de Judas al del Dios Verdadero.

Cuentan que refiriéndose a la muerte de Casimir Delavigne -el poeta y dramaturgo francés- su compatriota, el pintor Francois Desnoyer, dijo irónicamente: ”hay muertos a los que conviene matar”. Tal el caso de Néstor Kirchner. Mátese de una vez su legado y su proyecto, para que pueda abrigarse la esperanza, siquiera tenue, de mejores días para esta patria en llamas. Pero no es tarea que parezca posible en el horizonte inmediato, bien lo sabemos.

Pasadas las fiestas cristínicas del funeral montonero, y enterrado Néstor con su pañuelo blanco del odio marxista, vendrá la cruda realidad de una nación deshecha, de una mafia acechante, de unos herederos torvos, de un futuro tan ruinoso como el presente aciago que vivimos. Todo reino dividido en sí mismo perecerá (Mt. 12, 24)
Disponga Dios lo necesario para que podamos resistir y resguardar.

domingo, septiembre 19, 2010

LA JUSTICIA DEPRAVADA

O la lujuria del odio.
Por Andrea Palomas-Alarcón


No existe una sola prueba que acredite que el sacerdote Julio César Grassi abusó de un menor. Ni una, ni media prueba.
La justicia depravada de nuestro país condena a quince años de prisión a una persona basándose ÚNICAMENTE en los dichos del denunciante, la supuesta víctima. No hay nada más. No hay testigos, no hay pruebas físicas, médicas, la pericia psicológica indica que no hay indicios de abuso sexual en el denunciante.
Nada.
La sentencia de la Sala II del Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires es una letanía de carencias, 260 páginas de desierto, de desmerecer la prueba que los abogados del sacerdote presentaron para demostrar que no estuvo donde el ex-menor dice que estuvo: que no estuvo ni el día anterior ni el siguiente, por las dudas, que no estuvo todo el fin de semana.
NO ES EL ACUSADO EL QUE DEBE PROBAR SU INOCENCIA, SON LA FISCALIA Y LA QUERELLA LAS QUE DEBEN PROBAR SU CULPABILIDAD.
No lo hacen.
Los jueces se basan en los dichos del denunciante, dicen que es creíble. La denuncia la toman como prueba.
Hace algunas décadas, Orson Welles hizo un programa de radio llamado “La guerra de los Mundos”. Era tan creíble, que los oyentes, espantados, abandonaron masivamente sus hogares para huir de los extraterrestres que invadían el planeta.
Siempre me enseñaron en la facultad de Derecho que en nuestro país no se aplica el sistema de valoración de la prueba conocido como “libre convicción”; se aplica el de la “sana crítica”. Ya peinando canas tuve que aprender lo contrario.
Me han enseñado tres jueces de Casación que pueden condenar a una persona porque se les da la gana. Mis profesores decían en sorna respecto de este sistema “tiene cara de chorro...marche preso”.
Grassi es cura....
No debería sorprendernos, es la moda, si en el mundo se han descubierto sacerdotes pedófilos, porque la Argentina iba a ser menos? Lo que no se dice es que el porcentaje de pedofilia entre sacerdotes es menor que la media entre laicos pero eso es políticamente incorrecto. Marchamos todos derechitos al tambor de lo políticamente correcto. Marchamos presos.
Grassi ya había sido condenado por los Montoneros y la prensa; quién va a ir en contra de ese fallo, la justicia pusilánime de nuestro país?
En el año 1998, Rodolfo Galimberti cursó un anónimo acusando a Grassi de pedófilo, lo revelan en su libro “Galimberti, De Perón a Susana, De Montoneros a la CIA” Marcelo Larraquy y Roberto Caballero: “...Del otro bando, un correo informal que muchos dicen fue alentado por Jorge Rodríguez y Galimberti hacía llegar a los medios un dossier firmado por "un grupo de trabajadores de la Fundación Felices los Niños". Era un pasquín que hacía recordar las acusaciones cargadas de prejuicio de las usinas de acción psicológica de la última dictadura militar. Y que, era evidente, buscaba minar la resistencia del sacerdote a pactar una tregua al margen de los tribunales. Hablaba sobre las supuestas inclinaciones sexuales de Grassi. Decía el escrito: "...otra relación del cura fue un tal Iván, que trabajó en la panadería de la Fundación....Lo que se dice, munición gruesa. Pero eso no fue todo. Grassi también denunció que un Ford Falcon merodeaba los terrenos de su obra en actitud amenazante. Y hasta dijo haber escuchado, muy cerca de él, algunos disparos nocturnos. Finalmente, el cura capituló. El 8 de febrero de 1999, firmó con Hard un acuerdo extrajudicial por el que se declaraba satisfecho con haber recibido sólo 720.000 pesos de manos de la empresa. Grassi resignó su papel de querellante en la causa convencido por su abogado...” Este libro fue publicado en el año 2001.

Luego de ello, en 2002, Miriam Lewin armó un programa con el concurso de un juez “desaparecido”, Alfredo Humberto Meade. Meade figuraba desaparecido en los listados del “Nunca Más” y contestó a esta extrañeza que no rectificaba el error porque consideraba un “honor” aparecer allí.
Miriam Lewin pudo convencer a gran parte de la sociedad que ella había sido una detenida política en la ESMA durante años aun cuando, en realidad, trabajaba para la Armada, cobraba un sueldo de PAMI, firmaba los correspondientes recibos y se retiraba todos los días a su departamento alquilado por sus padres. Todo esto surge de su propia declaración en el Juicio a las Juntas. Hasta declaró ante el Juez León Arslanian que Astiz la había obligado a ir a tomar un café con él; que le entregó su número de teléfono escrito en una servilleta de la confitería (de puño y letra) que ella guardó durante años, para entregarlo ante el Juicio a las Juntas.

La lujuria del odio igualó divergencias políticas y sociales. Los personajes más disímiles tuvieron algo que decir sobre Grassi, desde Galimberti hasta Carlotto, desde Carrió hasta “la hiena” Barrios.
La lujuria del odio puede más que la verdad, es el frenesí que anestesia todos los dolores, todas las crueldades, todas las clemencias. El furor que permite caminar embriagado, diez centímetros por encima del suelo. El odio impulsor-movilizador.
Quién puede contra la santidad de esa furia sacrílega? Quién se le atreverá al que clama con tal indignación? Y ya el asunto no es Grassi, es la Iglesia... son los crucifijos que indignan a la Juez Argibay.
Mientras piensa cómo devolver el dinero que cobró por su “desaparición”, Su Señoría Argibay propone que se saquen los crucifijos de las salas de audiencia. Alguien me dice que es porque es atea; yo creo que es porque tiene odio en el alma. Ser ateo es no creer en Dios y si uno no cree en Dios, no le otorga a un crucifijo más relevancia que a cualquier otra pieza de arte.
El odio se ha desatado en nuestro país hace décadas: la misa profana de los que se escudan en él para asaltar el Poder, para purificar con el fuego de la ira, el Poder establecido.
El odio que mata sin pecado, destruye sin culpa, encierra inocentes, redime carceleros y les da la Paz o lo que ellos creen la paz, la absolución del Poder.
Desafío a los grandes juristas de nuestro país a que digan en qué prueba se basaron los jueces de la sala II de Casación de Provincia para condenar a Julio César Grassi fuera de los dichos del denunciante. Pueden encontrar la sentencia aquí:
http://www.cij.gov.ar/nota-4986-Se-conocieron-los-fundamentos-de-la-sentencia-que-ratifico-la-condena-a-Julio-Cesar-Grassi.html

martes, septiembre 14, 2010

LAS PATAS DE CLARÍN (o de la mentira...que es lo mismo).

El arte en presentar el oro como barro, el bien como vicio, los golpes como caricias.
Clarín siempre ha sido exitoso a la hora de deformar los hechos en beneficio propio.
Desde que se embarcó en la cruzada contra los niños más carenciados, la virulencia de su última mentira nos sigue asombrando.
Clarín metió la pata... tal vez no Clarín: Myriam Lewin, Carlos De Elía, María Laura Santillán.
Recorriendo el camino de un dato falso, anónimo con nombre y apellido -Rodolfo Galimberti- metieron la pata. Las patas cortas de la mentira.
Acusaron de un delito inexistente a un sacerdote que gratuitamente, sin más obligación que su conciencia, se impuso la carga de salvar a los niños de la calle.
Qué necesidad tenía, no? En este país de corruptos alimentar chicos, darles un futuro. Para qué, si ni el Estado se ocupa?
La vorágine del programa semanal los ponía ante el borde del abismo cada siete días. Cada semana un escándalo mayor, real o inventado lo importante era darles a las fieras su alimento.
Metieron la pata...
Una por una las patas de la mentira se tropezaron con la realidad. Los chicos lo defendían al Padre Julio Cesar Grassi; lo defienden. Lo quieren porque lo conocen.
Clarín igual cerró filas detrás de sus soldados, en parte por estrategia, en parte por soberbia; creía que se comía crudo a un sacerdote y sus niños.
La virulencia de su última mentira nos sigue asombrando; como si no hubiéramos aprendido nada sobre Clarín.
Con bombos y platillos, TN ha anunciado que una investigación sobre la Juez Rustán de Estrada y el Asesor de Menores Marcelo Jalil, fue archivada.
Más que ello, el canal de noticias de Clarín la exhibe como una reivindicación de ambos funcionarios, la reivindicación de los golpes dados a los chicos que no querían dejar su Hogar.
Mezcla la noticia del Hogar cerrado en junio de 2009 (mérito de su satélite Página 12) con la sentencia de casación del Padre, que todavía no se ha dictado. Dice TN que se comprobaron abusos en un hogar de la Fundación y que, sin embargo, Grassi sigue libre.
Una emboscada a la desprevención del espectador.
Dice TN que con esta sentencia se comprobaron los abusos sobre los niños del Hogar San José Obrero, particularmente, sobre un niño de ocho años que habría querido ahorcarse.
No dice Clarín que ese niño fue devuelto a la Fundación Felices los Niños por su Juez natural y que los dictámenes psicológicos que le hicieron demuestran que nunca ha sufrido abusos sexuales. Esto no lo digo porque lo haya leído en algún pasquín trasnochado, personalmente llevé a ese niño a ver a una psicóloga que hizo un dictamen.
DM NUNCA FUE ABUSADO SEXUALMENTE, tengo una copia certificada del dictamen, por si estos pseudoperiodistas se toparan, por casualidad, frente a su moral al mirarse al espejo.
Clarín no dice que la mayor parte de esos niños desplazados han vuelto de una u otra forma a la Fundación Felices los Niños. Algunos no físicamente, pero siguen en contacto con los chicos que fueron sus hermanos del corazón durante gran parte de su vida; con sus maestros y educadores.
Una de ellas, ya de 18 años, me llama todas las noches preguntándome por su “papá”, si ya salió la sentencia, si yo se algo por ser abogada. Afortunadamente los niños de la Fundación no miran TN ni ningún medio de Clarín.
TN no publica que las denuncias de la Juez Rustán contra sus acusadores, también fueron rechazadas. Sobre esas denuncias desestimadas guarda ominoso silencio.
El Consejo de la Magistratura desechó la acusación por abuso de autoridad que Rustán de Estrada dirigió contra el Juez Ramos Padilla y contra el Juez Ormaechea. No hay derecho a réplica en este país? Porqué no muestra la otra cara de la moneda ni ha publicado una sola letra sobre ese asunto? Desafío a Magnetto, a Lewin, a cualquier periodista de Clarín a que me exhiba una sola letra publicada en el multimedios sobre la desestimación de las denuncias de Rustán contra los colegas que la acusaron.
En un país donde los jueces nunca se pisan el poncho, que dos jueces la hayan investigado por malos tratos a niños de corta edad debiera ser suficiente credencial de abusiva.
El archivo de las actuaciones contra Rustán no fue más que eso, el archivo de una investigación que comenzó el Juez Juan Ramos Padilla, titular del Juzgado de Instrucción Nº 24 nadie la reivindicó jamás ni lo hará. Nadie que tenga un mínimo de decencia.
La desvergüenza de Clarín no debiera sorprendernos y, sin embargo, lo hace. “Miente, miente...que algo quedará” decía el Ministro de Propaganda de Hitler.
Se habrá preguntado Clarín qué fue lo que quedó de Goebbels, de Hitler o su régimen, como para tomarlo como ejemplo?
El barro como oro.

viernes, septiembre 10, 2010

Resistiré, para seguir viviendo…Los presos de Marcos Paz. Por Luz García Hamilton

http://www.periodismodeverdad.com.ar/2010/09/10/resistire-para-seguir-viviendo%e2%80%a6los-presos-de-marcos-paz-por-luz-garcia-hamilton/

Resistiré, para seguir viviendo…Los presos de Marcos Paz. Por Luz García Hamilton
Periodismo de Verdad: 10 de septiembre de 2010

El lunes finalmente fui a Marcos Paz. Pude ver con mis propios ojos cómo viven los presos políticos, si es que realmente viven. Presos y tras las rejas – en el sentido literal de la palabra – muchos de ellos sin siquiera tener condena, ven pasar los días y correr los años con la desesperanza que les da la falta de verdadera Justicia, y el sueño de poder hacer de Argentina, un país donde haya paz para dejarles como toda herencia a sus hijos, que crecieron sin papás.
Llegar a Marcos Paz fue un periplo largo, para visitar a los presos en la cárcel, no importa que sean presos políticos, delincuentes comunes ó altamente peligrosos, hay que hacer tantos “tramiteríos” que realmente hay que estar convencidos de querer ir y disponer del tiempo suficiente para llegar, hacer cola, someterse a una larga revisación y correr el riesgo de no poder entrar.
No fui en calidad de periodista, sino de cuidadana común y como tal me sometí a la rigurosidad de los controles, acatando todas las normas y condiciones. No fue fácil el ingreso, sin embargo, no hubo tampoco incidentes de ningún tipo.
Tras dos horas de viaje y al internarse en un largo camino de ripio donde la tierra volaba a los cuatro vientos, ya se vislumbra el enorme edificio blanco con techos verdes en medio de la llanura, donde los hombres sienten que han perdido todo, menos la dignidad. Porque si algo los distingue es justamente eso, la dignidad y la hombría con la que aceptan su realidad, sin el menor ánimo de armar revuelo pese a la angustia y la tristeza que muchas veces los agobia y les pesa tanto como la vida misma.
Los hombres entran primero en el turno de las visitas, cuando ellos salen recién llega el turno de las mujeres que lunes y jueves tienen autorización para visitar a sus familiares y compartir con ellos el almuerzo….sólo dos horas y una chicharra horrible suena anunciando el final de la visita…todos se van, cabizbajos, “cada uno a su rancho”.
En un pabellón enorme, pulcro y frío, están dispuestas las mesas, ya cada una de las visitas sabe, por el color del mantel que el preso ha colocado, cuál es la de su familiar y se va ubicando…pasan los minutos y crece la tensión y las ansias de verlos. Mujeres y niños esperan ver a su hijo, a su padre, a su hermano, a su amigo…de pronto se abre una reja naranja de par en par y con ruido a cadenas….una “helazón” recorre el alma….y en fila india comienzan a aparecer ellos, arrastrando una sillita como si fuera una pesada mochila…los chicos van a su encuentro, se abrazan, hay lágrimas y risas por igual. Ellos están serenos como para no angustiar a sus familiares, como para darles tranquilidad. No hay gritos ni hablan en voz alta, cada uno se sienta con su familia y trata de estirar los minutos al máximo compartiendo cada palabra, cada mirada, cada gesto. Conmueve la imagen. Duele. Estremece.
Pienso en la Justicia, ¿cuál Justicia?, que pasará por la mente de los fiscales que investigan los delitos que ellos llaman de lesa humanidad?, y por la de los Jueces que tienen que decidir sobre la libertad o no de estos seres que en su momento lucharon por la Patria?. ¿Qué sentirán cuando ven que hay personas, hombres como ellos, que llevan años en una cárcel, despojados de todo y de todos y que no sólo no han sido condenados sino que ya habían sido amnistiados por Gobiernos anteriores?, creerán ellos en verdad que es serio permitir que las leyes se modifiquen según los intereses de los gobernantes de turno?, les parecerá a los juristas que estudiaron TANTO esas leyes, que en un país serio esto puede pasar?. Y qué sentirán cuando por ejemplo reciben una orden, un decreto o como lo quieran denominar, que les prohíbe investigar delitos cometidos por la guerrilla y que han sido aberrantes como por ejemplo los asesinatos de María Cristina Viola o Paula Lambruschini por sólo mencionar algunos?…les parecerá sensato?…y me sigo preguntando mientras miro a cada uno de ellos buscando un rayito de sol para compartir con los suyos…les parecerá normal que mientras ex guerrilleros que mataron, que violaron, que torturaron o sus familiares han recibido jugosos subsidios u ostentan importantes cargos, estos presos políticos, muchos de ellos mayores de 80 años!!!! estén en el más absoluto abandono y sus familiares solos y humillados….en serio les parecerá normal?
Y miro otra vez a los presos políticos, hay 20 de ellos en huelga de hambre, protestan pacíficamente, se cansaron de la injusticia, si de la IN JUS TI CIA, querrán ellos seguir viviendo?, ¿quién se hará cargo de sus muertes si algo llegara a pasarles en cautiverio?. Por ahora están controlados, pero ellos están convencidos y han decidido “sacrificarse”, ya no importan ellos, pero si los otros casi 900 presos políticos que hay en el país y a los que parecen ignorar. Ahora, habrán pensado los fiscales, los jueces, quienes responderán por esto?, y si el día de mañana se los declara también delitos de lesa humanidad????, lo habrán pensando?
Ojo!!, no se confundan…..nadie quiere hechos de violencia, NADIE, ni siquiera los presos políticos que añoran una Argentina en paz. Violencia, atropello, torturas, NOOO, NUNCA MÁS….en Argentina hubo una guerra, como toda guerra, sucia y cruel y eso debe servir para aprender, para pacificar, para construir y no para destruir. ¿Si se han cometido excesos?…y si, probablemente, lamentablemente…ha habido excesos y abusos de ambos lados, era una guerra, no lo entienden asi?. Pero han pasado 34 años, 34!!! Y cuando el país parecía que comenzaba a perdonar, que no significa olvido, desde el Gobierno volvieron a revolver heridas, a abrirlas, a alimentarlas con odio, con divisiones, con resentimiento….todo lo que no debe hacerse cuando se intenta en serio construir un país, sacarlo adelante.
Los minutos pasaban, corrían….afuera el sol brillaba, sin embargo no alcanzaba para calentar….el frío en el alma de cada uno era evidente por más malabarismos que hacían para no entristecer a sus familiares. La injusticia duele, hiere, no se comprende.
Muchas historias, una en cada mesa….una hija que se casa y el padre que no podrá estar….un oficial de más de 80 años muy enfermo que no da más; varios con cáncer, con deficiencias respiratorias, con problemas serios de salud….alguien que no ve a sus hijos hace años y que en silencio sufre y se hace añicos….porque para él la familia es su única razón de vivir…otros preocupados por su madre o su padre que carga la angustia de un hijo tras las rejas, varios que no conocen al nieto o que no lo pueden ver. Un clamor general, piedad para los mayores de 80, no se puede tolerar verlos acá!!!
Y otra vez me transporto a los jueces….ellos habrán pensado que esos presos, odio llamarlos presos!!! Pero están privados totalmente de su libertad, despojados de sus familias, humillados a más no poder….PRESOS, aunque esa palabra cause una llaga en los corazones de sus familiares….podrán imaginar si ese PRESO fuera su hijo ó su padre?
Son tiempos turbulentos….el kirchnerato se bambolea, las encuestas no les son en absoluto favorables…cada vez hay más descontento y más hartazgo al “régimen” como lo denominan….muchas cosas están saliendo a la luz, la verdad histórica empieza a contarse tal cual fue….pero no con sed de revancha, sino con ansias de pacificar. Nadie teme en este circo que las cosas se den vuelta y que les toque sentarse en el banquillo de los acusados a dar testimonio de tantos atropellos???, no son los derechos humanos para todos los habitantes?, qué pasa?…¿qué nos pasa a los argentinos?
Sigo mirando la escena mientras almuerzo con algunos de ellos. Hay pocas visitas, muy pocas. Es lejos, es cierto y no es fácil. Pero…¿qué se han hecho los camaradas que defendieron la Patria?, seguramente están con miedo y a ellos los comprendo….todos gozan de libertad condicional en este país…y lo saben, mal que les pese. Me pregunto, y los oficiales en actividad?, no van a pedir nunca por ellos?, por los hombres de su Ejército?, y los amigos?, que se han hecho?, tantos, tantísimos fueron los argentinos que aplaudieron el golpe, que rogaron que el comunismo no se apropie de nosotros y….¿dónde están todos?…salvo honrosísimas excepciones como algunos viejos y LEALES amigos que acompañan y contienen, o como el trabajo que generosamente están desarrollando los abogados de Justicia y Concordia que cada semana visitan presos políticos, el resto NO ESTÁ….o por lo menos no los visita porque a decir verdad quienes estamos en contacto diario con la gente sabemos que quienes queremos LA PAZ Y LA RECONCILIACIÓN somos cada vez más….los que queremos una Justicia independiente somos millones y esos millones confiamos en que algo tiene que cambiar.
El almuerzo está terminando, todos miran el reloj nerviosamente….saben que en minutos más sonará la chicharra….y suena implacable, no hay ningún tipo de alargue ni de otro tiempo…de inmediato se despiden, en silencio, con abrazos, con congoja, CON DIGNIDAD, sin llantos ni escenas…en fila india se van a sus celdas….ordenados, pacíficos, con el dolor en el alma pero la frente en alto…
Las mujeres con “la ñata pegada al vidrio” como decimos por estos pagos, quedan mirándolos a través de una reja hasta que los ven desaparecer por un largo pasillo, algunas los llaman, ellos se dan vuelta y tiran un beso….me duele el corazón en serio, no lo puedo creer. En el jardín por llamarlo de algún modo….espacio verde, pasto, alambrados altísimos….alguien esquila unas ovejas…parece reinar la paz allí afuera…claro, ellos, los soldados de la Patria, quienes defendieron a Argentina aun con sus muchas equivocaciones que como todo hombre las habrán tenido, no hacen “alaraques” ni manifestaciones de ningún tipo…con hidalguía se van adentro a sus celdas donde seguramente podrán llorar en soledad o refugiarse en sus oraciones pidiendo a Dios que no los deje flaquear y que les de salud para aguantar, sólo esperan poder trabajar para que sus hijos vean una Argentina pacificada.
Ninguno tiene rencor, todos dicen aborrecer cualquier hecho de violencia. Como si el tiempo y los años los hubiesen tranquilizado. Soportan con dignidad, quieren creer que habrá Justicia….que los hombres del derecho harán primar la razón a las presiones, que su encierro no habrá sido en vano. Si esto sirve para pacificar, entonces resistirán.
Nos vamos….el sol sigue alumbrando como apiadándose del ánimo de las mujeres que serán una treintena, no más y que vamos rumbo a un ómnibus que nos lleva de vuelta…nadie habla….NADIE.
Tengo una sensación rara…mezcla de sentimientos. Me abruma verlos, aún cuando no soy familiar de ninguno, rumbo a sus celdas, ahí, tras la reja. La libertad es el bien más preciado, me pregunto si alguien está libre de culpa…vuelvo a pensar en los fiscales y en los jueces….pido en silencio que Dios los ilumine y casi estoy segura de que lo hará.
Me emociona por otro lado la dignidad con la que viven en el encierro, lejos de sus familias, de sus afectos, del mundo. Hay que tener temple para aguantarlo, y vaya que llevan años…
Cierro los ojos y me viene una canción a la mente…una canción “pegajosa” que posiblemente ellos ni por casualidad conozcan pero que tiene una letra que me llega hasta lo más profundo porque encierra sueños, esperanzas, coraje, garra….y no se porque, en el mismo momento de dejar el penal de Marcos Paz me vino a la mente, se llama “Resistiré” y era de una novela que jamás vi….pero que transcribo acá porque quisiera cantársela a los que quedan allí, tras las rejas, cuando ya fueron amnistiados ó cuando no han sido juzgados…y vaya que me parece injusto que las leyes no se respeten y que los derechos humanos (¿humanos?) sean solo para un sector. La letra es maravillosa…quizás haya algún guitarrero entre los presos políticos…quizás…
Resistiré….
Cuando pierda todas las partidas
cuando duerma con la soledad
cuando se me cierren las salidas
y la noche no me deje en paz.
Cuando tenga miedo del silencio
cuando cueste mantenerse en pie
cuando se rebelen los recuerdos
y me pongan contra la pared.
Resistiré para seguir viviendo
me volveré de hierro
para endurecer la piel
y aunque los vientos de la vida soplen fuerte
soy como el junco que se dobla
pero siempre sigue en pie.
Resistiré para seguir viviendo
soportaré
los golpes y jamás me rendiré
y aunque los sueños se me rompan en pedazos
resistiré, resistiré.
Cuando el mundo pierda toda magia
cuando mi enemigo sea yo
cuando me apuñale la nostalgia
y no reconozca ni mi voz.
Cuando me amenace la locura
cuando en mi moneda salga cruz
cuando el diablo pase la factura
o si alguna vez me faltas tú.
Resistiré para seguir viviendo
me volveré de hierro
para endurecer la piel
y aunque los vientos de la vida soplen fuerte
soy como el junco que se dobla
pero siempre sigue en pie.
Resistiré para seguir viviendo
soportaré
los golpes y jamás me rendiré
y aunque los sueños se me rompan en pedazos
resistiré, resistiré.
Luz García Hamilton, periodista
Fuente: Periodismo de Verdad
Letra de la canción sacada de Letras de Canciones de Erreway

martes, agosto 24, 2010

ARBITRARIEDAD Y DAÑOS COLATERALES

Por Malú Kikuchi
http://www.informadorpublico.com/100452.html

Por Malú Kikuchi para el Informador Público

Jueves 19/8/10, mediodía, acompañado por el secretario de comunicaciones, Lisandro Salas, el ministro Julio De Vido anuncia: “Ya no existe más Fibertel”. En Argentina es difícil sorprenderse, pero a veces lo consiguen.

Después, extrañas y poco comprensibles explicaciones, “que no quieren que se presten servicios en forma trucha” (en un país donde abundan las radios truchas, los servicios truchos, los remedios truchos, las candidaturas testimoniales/truchas, las inauguraciones truchas… ¡hay que tener cara!).

Otra, que Fibertel no puede operar porque la fusión con Cable Visión no es legal, y la fusión viene desde 2003, gobierno K. Hay que admitir que al ministro y al secretario les llevó 7 años darse cuenta de la ilegalidad del caso. Y Lisandro Salas, el 14/7/09 autorizó a Fibertel a ofrecer servicio telefónico vía Internet. ¿Entonces no sabía que era un servicio trucho?

Es el mismo Lisandro Salas que firmó la resolución de caducidad de Fibertel, Nº 100, un año después. La esposa de De Vido, la Dra. Alessandra Minicelli es usuaria de Fibertel. El marido debía haberle advertido que estaba usando un medio trucho, por aquello de que “la mujer del César no sólo debe ser honesta, sino que debe parecerlo”. Muy desprolijo.

El gobierno K está en guerra con el grupo Clarín. Más personal aún, Kirchner está en guerra con Magnetto. Y en esta guerra que nace con la resolución 125 de las retenciones al campo, todo vale. Cabe recordar que antes de esa fecha, con la ayuda del multimedios Clarín, Kirchner logró construir poder. Después del amor, sobrevino este controvertido divorcio, que atropelló todo. Para empezar, atropelló la ley.

El objetivo K es desmantelar el multimedios y encarcelar a Héctor Magnetto, si es posible por delitos de lesa humanidad, sino por lo que se pueda probar o inventar. Para Magnetto el objetivo es que nadie del grupo K gane las elecciones el año que viene.

En esta guerra feroz y sin límites, todo vale, desde el ADN de los hijos Noble Herrera (intento frustrado), hasta la compra de las acciones de Papel Prensa a los Graiver, pasando por la caducidad de Fibertel, prestador de servicios por Internet. Se supone que es sólo el principio, que la saga continuará y habrá más noticias para este boletín.

Y en el medio de estos dos pesos pesados, la gente, nosotros, los ciudadanos, los que sobrevivimos en Argentina, un país que se ha vuelto muy difícil en todo sentido.

La arbitrariedad equivale a ilegalidad, injusticia, abuso, irracionalidad, atropello, iniquidad, improcedencia y parcialidad. Si el que ejerce la arbitrariedad es el estado, el peligro es mayor. Corren serio riesgo las libertades individuales.

Aunque el acto de arbitrariedad no tenga como finalidad descolocarnos, molestarnos, o coaccionar nuestra libre elección del servidor de Internet, con hechos como este, pasamos a ser simplemente, “daños colaterales”. No sé a Ustedes, pero a mí no me gusta y no quiero y ni admito, ni acepto, ser “un daño colateral” en medio de una guerra que me es ajena.

Hace demasiados años que uso Fibertel, es el único servidor que conozco. Me he quejado muchas veces, he amenazado con darme de baja y sustituirlo, nunca lo hice. Hace demasiados años que tengo la misma y única dirección electrónica, no quiero cambiarla, ya es casi como mi firma, forma parte de mí.

¿Por qué habría de hacerlo? ¿Cómo pretende el gobierno obligarme sin tener razones jurídicas valederas para hacerlo? ¿Por qué debo cambiar lo que no quiero cambiar simplemente porque K quiere jorobar a M? Sin contar las molestias e inconvenientes, además del trabajo adicional y la pérdida de tiempo que me acarrearía el cambio. Me niego a ser un “daño colateral”.

Clarín con todo su poderío, puede defenderse solo. Pero el respeto por la ley, el acatamiento a los contratos firmados, la aquiescencia al estado de derecho, la defensa a la libertad de expresión (Ley 26.031, “la difusión de las ideas por Internet es parte del derecho constitucional a la libertad de expresión”), merecen que reaccionemos. No en defensa de Clarín, sí en defensa de nuestros inalienables derechos.

Este gobierno, que tiene un muy pobre concepto sobre la inteligencia de la gente, cree que los medios de comunicación son influyentes y que a través de ellos se puede convencer a las personas de cualquier cosa. Como si la gente no pensara. Por eso compran medios a través de amigos testaferros y alquilan otros medios a través de la pauta publicitaria oficial.

Este gobierno que se dice peronista y puede que lo sea, debería recordar lo que decía Perón, “cuando tuvimos todos los medios en contra en 1945, ganamos; cuando tuvimos todos los medios a favor en 1955, perdimos”. Parafraseando a Clinton, “no son los medios los que inducen el voto, son los actos del gobierno, ¡estúpido!”

Este gobierno no me gusta y razones me sobran, pero reconozco que Kirchner es, salvando las distancias, el presidente más astuto que hemos tenido desde Roca. No entiendo cómo, si quiere recuperar el perdido voto de la clase media, la ataca con esta resolución que desactiva Fibertel.

Un millón de usuarios equivale por lo menos a 3 millones de personas usando el servicio. Personas que no tendrán ganas de votar ninguna fórmula propuesta por K el año que viene. ¡Si hasta en la IV Convención de Ginebra de 1949, que entró en vigencia el 21/10/1950, aceptada y firmada por Argentina, todo el convenio gira alrededor de la protección de civiles en tiempos de guerra!

En nuestro país existe hoy una guerra entre el gobierno y Clarín. Insisto, en esta guerra despiadada, como todas las guerras, inútil, como todas las guerras (gracias a Dios hasta ahora sin sangre), los civiles, en este caso los ciudadanos, debemos ser protegidos desde el gobierno en vez de ser atacados, aunque sea sin querer. No debemos ser “daños colaterales”. Pero lo somos.

Si la justicia permite el atropello que significa la caducidad de Fibertel, ¿cuántas personas se quedarán sin trabajo? Los usuarios de la mayor prestadora de servicios de Internet, ¿tendrán cabida en los otros servidores o la capacidad de los mismos no dará para tanto?

¿El cambio, además de molestias ciertas, implicará gastos extras para los usuarios? ¿No se creará otro monopolio, esta vez de las compañías telefónicas, tratando de desmantelar –en este caso puntual- un monopolio inexistente? ¿Al disminuir la competencia, las prestadoras subirán los precios? ¿Alguien desde el gobierno se ha hecho estas preguntas?

Si desde el gobierno no se han dado cuenta de la situación y la magnitud de los “daños colaterales”, el tema es mucho más grave. Si la ira, la bronca, la necesidad de venganza, la derrota y la humillación del inventado enemigo, están por encima de la razón, es cuestión de preguntarse si los que toman decisiones en el gobierno están en condiciones de gobernar.

La Constitución Nacional tiene respuesta a todos los problemas del país; el juicio político es una de ellas. De todos modos recuerde que en el 2011, el 14 de agosto, se votan primarias y en octubre, presidenciales. De nosotros depende dejar de ser “daños colaterales”.

Quiero seguir siendo usuaria de Fibertel.


Malú Kikuchi

http://www.lacajadepandoraonline.com/

domingo, agosto 15, 2010

DONDE ESTABAS CUANDO SE LLEVARON A PATTI?

Un clamor políticamente incorrecto.





La sociedad se desangra por la inseguridad.

Mientras los políticos cuentan porotos para saber si llegan, si vuelven, si pasan la primera vuelta, la sociedad se desangra. La matan frente a su familia cuando entra el auto.

Una conversación de sordos gritando: el ciudadano común no entiende porqué a los homicidas les dan una pulserita y los políticos refutan que el ciudadano quiere criminalizar la pobreza.

El miedo del hombre común intenta perforar con razones, la coraza de deslealtad intelectual. La deslealtad intelectual se defiende con humoradas; es una sensación.

El miedo común del ciudadano común choca contra el miedo épico del político: que el ciudadano común le dicte la agenda. Que se ponga los pantalones largos y le diga “gracias, Diputado (Gobernador, Presidente...) estamos reestructurando, no lo necesitamos más...ahora mandamos nosotros”.

Por eso el político clava las cuatro patas en la tierra y resiste el vendaval de sentido común. “No se puede criminalizar el hambre” murmura con los dientes apretados, con la misma obstinación que diría “no me van a cambiar”.

Cuando el esgrima dialéctico no alcanza, la deslealtad intelectual patea la pelota fuera de la cancha: “no es un tema ideológico”, concluye con mala fe.

Sí, es ideológico!

Los que no sufrieron la Facultad de Derecho de la UBA durante los noventa (y antes también) no pueden saber hasta dónde es ideológico. No pueden conocer el cargamento ideológico que se parapeta detrás de la negativa a reprimir el delito.

No pueden conocer cómo destrataban (y destratan) con un rictus despectivo al “populacho” que iba a las marchas de Blumberg. “No entienden nada...no se puede dejar en manos de indoctos la Justicia. No se puede criminalizar la pobreza. No se puede meter preso al ladrón de gallinas y liberar al de cuello blanco”.

Yo tenía un profesor, el Dr. Marcelo Sancinetti, que nos enseñaba la reincidencia al revés. Su teoría era que al reincidente había que darle una pena cada vez menor, no mayor como hace ahora esta sociedad tosca en la que vivimos.

El reincidente está demostrando su incapacidad para ajustarse a la norma; era para él una forma de atenuante. Una especie de “capitis diminutio” (incapacidad atenuada, la llamaba) que le impedía actuar como a un ciudadano normal y, por lo tanto, había que tenerle miramientos.

No es broma, ha escrito docenas de libros que son publicados por varias editoriales del país y del extranjero; es un doctrinario muy reconocido.

Este profesor no es la excepción, es la regla. El abolicionismo penal domina las Facultades de Derecho del país.

El problema de fondo es más que ideológico, es filosófico, es definir qué es democracia. Si democracia es otorgar patente de corso cada cuatro años o que el votante elija los lineamientos de las políticas de Estado y designe vigiladores que las cumplan.

El ciudadano común no entiende que para ganar la guerra contra el delito tiene que doblarle el brazo a la política.

No tengo una respuesta para ese ciudadano común, tengo una exasperada gran pregunta: Ciudadano...dónde estabas cuando se llevaron a Patti?, qué canal estabas mirando?

Porque cuando le inventaron esa causa que hoy lo tiene medio muerto, sos vos el que fuiste preso y seguís tras las rejas de tu casa sin entender absolutamente nada? No te diste cuenta de que era un tiro por elevación contra los que reclaman seguridad? No te diste cuenta que el problema era con vos y no con Patti?

Cómo es posible que un cadete a los veinte años secuestró, torturó y nadie lo haya recordado hasta que, treinta años después, sacó cuatrocientos mil votos? Sin embargo, el que hoy te roba el auto y te mata, mañana está en la calle otra vez.

Vos no fuiste a defender a Patti. Fuera de algunos vecinos de Escobar nadie fue a defenderlo. Es más, hoy, en nombre de la Constitución y la Justicia, lo someten a torturas y lo condenan a muerte, y todavía nadie dice nada.

Ciudadano, con qué derecho pedís Justicia y Seguridad si no saliste a defender al policía que te sirvió bien? Con la misma boquita con que decís “te quiero” a tu familia y te despedís para siempre?

Si consentís esta injusticia, querés que la Justicia a vos sí te defienda?

Qué te hace distinto de Patti, si para los políticos sos tan represor como él? Los políticos te tienen bronca porque les pedís seguridad, porque no te dejás guiar por su elevado saber y entender, ni te dejás matar en silencio. Si pudieran prescindir de todos los que reclamamos seguridad, nos mandarían a prisión junto con Patti. Afortunadamente somos muchos.

Leo en un cable de Telam que los jueces Larrandart y Sagretti ordenaron que el subcomisario Luis Abelardo Patti deje la clínica Fleni donde se hallaba internado y vaya a la cárcel común en Devoto. Rechazaron argumentos “virulentos” de su defensor, el Dr. Alfredo Bisorti respecto del trato indigno al que es sometido.

Patti sufrió un ACV durante una operación programada; está ciego, paralítico y tiene medio cuerpo inmóvil.

sábado, julio 31, 2010

(6, 7, 8) UN PROGRAMA EN BLANCO Y NEGRO.

Por Andrea Palomas-Alarcón



“Cuatro boludos y un escritorio” (Jorge Lanata)

La violencia verbal institucionalizada, verbal, no intelectual; el programa “6,7,8” no tiene nada de intelectual. Intelectualoide, en todo caso. Lo intelectualoide justifica el oficialismo, el periodismo de periodistas, el cobrar un sueldo para pegarle a los colegas.
Me he forzado a verlo; como todos los que queremos saber “ y ahora... de qué se trata?”. También, entre otros motivos, porque no hay nada en la televisión. Creo que Fort volvió con Tinelli. Un cachivache.
Tiene un rating inexistente. Casi nadie ve “6, 7, 8” excepto las redacciones del país y de “El País”. Porqué?
Intento darle una trascendencia que no tienen, “son un extracto de la situación política del país?” Porque para hablar de algo estúpido hay que convertirlo en paradigma?
Me fastidian! Me aburren! Me irritan y los mantengo. Encima los justifico, los convierto en paradigma. O me justifico porque los veo para saber si se va el loco o la loca, cuál de los dos se va?!!!.
Como todo izquierdoso, escondido detrás de una abstracción, un nombre que no se entiende. Si empieza a las 21, Porqué 6,7,8?
Como todo izquierdoso: inconsistente, abstracción que disimula, apenas, la falta de profundidad. Son seis, por canal siete, a las ocho. Hoy me enteré.
Podría llamarse 4 7 1, según Lanata.
Porqué mantenemos estos vagos? Un conductor que articula un eco de sí mismo, cuando presenta el programa, como una gracia incontenible. Que reparte la palabra como la Diva de los almuerzos pregunta “más papas?”. Un panel...una rubia reinvindicando lo hueco, lo “fashion”, pero de izquierda. No hay que perder ese público fashion, primera o segunda generación de clase media femenina con pretensiones intelectuales. Una Barbie de ojos soñadores, librepensadora de “Utilísima”, impostura de Marilyn que enfría a cualquiera exponiendo la apología del orgasmo.
Una vieja mala, escupidora, hemorroidea, cólica, que trabajó en Clarín y ahora reniega del diablo. El diablo de Bergoglio que existe pero que no es “colorado”, es blanco y negro y lo pagan los desnutridos del Chaco. Es verde dólar que como la criptonita, debilita y absuelve.
Una mala imitación de Alfredo Casero de eterna remera sucia. Remera: “siunotienealgoenlacabezanonecesitauntraje”. Un filósofo.
Una señora, (otra) enojada, de anteojos porque lee. MUY ENOJADA. Más enojada que yo, o miente mejor.
Todos de violencia apenas contenida (o no), la violencia y el odio que viene del miedo, el pasaporte al día, la mirada por encima del hombro.
Libreto visiblemente aprendido y practicado. Varias veces:(yo digo tal cosa y vos me contestás, dale?).
Critican a los medios porque repiten. Y ellos repiten. Cada opinión dos veces. La escriben en la pantalla y la subrayan. Dos veces cada día, o tres. La repiten toda la semana.
Ensalzan a Víctor Hugo porque basureó a un locutor jovencito. Víctor Hugo no se pelea con los de su tamaño. Está fundando un país. No se puede permitir la lealtad ni la decencia. No da un portazo en ese medio basura porque busca la implosión. Ahora que se forró bien forrado gracias a los jubilados que cobran la mínima, sigue allí para destruirlo desde adentro; un patriota.
No quiero pensar el aire irrespirable junto a Víctor Hugo, todas las mañanas cuando llega a la radio, el silencio que se corta con la medialuna, o hablan por compromiso. Vale la pena? Vale la pena cobrar tanta plata granjeándote el desprecio de tus pares?
Lo pregunto en serio, por ahí me pierdo de algo.
Hoy fueron dos señores que se casaron. En otro momento me habrían caído bien, como a todo catalogado de clase media- centros urbanos (no del interior); sin embargo hoy me repugnan, porque ni se casaron en serio. Se casaron por propaganda, porque como todo lo que se hace para este gobierno fue por interés. “Matrimonio por conveniencia” lo llamaban las abuelas. Encima me lo quieren imponer como tributo a Kirchner. Se aliaron con Kirchner y quieren que yo los acepte.
No los acepto.
Una tribuna lastimosa, como los piqueteros, ni saben porqué estan allí. No llegan a cincuenta, conté mal? Por ahí mañana los cuentan para probar la falacia de la derecha, les gusta la palabra “falacia”.
A la voz de “vamos todavía” empieza; un alarido tan falso como los aplausos, falsos, a su vez, como los de Oprah.
Esto es lo que tiene en vilo a las redacciones del país?
No, es que esos cuatro boludos, bajan línea. Los domingos leemos Página 12 para enterarnos que Verbitsky (yo descanso en el resumen de Edgard) insinúa que los Kirchner, quienes ni pueden pronunciar la palabra Chandon, leen a Laclos. No al buen Pierre Choderlos de Laclos y su novela epistolar tan bien producida por Hollywood...
L-A-C-L-O-S!.
La violencia ejecutiva, el silencio oficial y la mentira de Estado, filtrada, apenas, por Twitter, envuelta en pescado podrido para que no huela, tiene a todo un país en vilo, sin rumbo cierto, persiguiendo media palabra que le indique para dónde corno vamos.
Un país que ha claudicado todas sus banderas, una por una, y que cuando cree que ha tocado fondo, llega más abajo todavía.
“Falta poco...ya se van” me decía alguien cuando yo intentaba volcar una grúa que habían metido en medio del Tedeum (el paraoficial). Yo intentaba dar vuelta la grúa ante el estupor del empleado kirchnerista que se defendía “estoy trabajando”. El “ya se van” y el “estoy trabajando” definiendo dos extremos, oposición y oficialismo.
Es que el trabajo justifica todo? Justifica todo el trabajo Víctor Hugo? Justifica todo "4 boludos"? Florencia Peña, Andrea del Boca, justifica todo?
Del otro lado, "Falta poco...ya se van". Eso es lo que nos queda? Hacer la plancha?
Nuestros antepasados se jugaron la vida, no el trabajo. El trabajo ya lo habían perdido antes de venir a América.
Los jujeños quemaron sus casas, sus cosechas, su ganado para que no le sirviera al enemigo.
Justifica todo perder el sustento?
Tan bajo caímos?
Tal vez sí, tal vez sólo importe seguir cobrando un sueldito, agachar la cabeza, alquilar el entusiasmo, no llamar la atención, seguir viviendo esta vida gris, violenta, tratar de que no le toque a uno, ni del gobierno ni del delito común que tiene patente de corso. Tal vez es lo que le sigue a este país, arruinado como Cuba, como Venezuela, recibiendo órdenes desde un programa en blanco y negro, que ni es gris ni es rojo, es verde.



Pdta: (Tampoco lo acepto).